Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260129-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. O. A. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución de 26 de diciembre de 2025, del Gerente de la Agencia para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid dirigida a empresas para facilitar la incorporación y la continuidad en el puesto de personas trabajadoras de reciente contratación (mentoring). Tramitación anticipada. Anualidad 2026.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias ): código: 878013.

Primero. Beneficiarios/as.—Serán beneficiarias las empresas cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la Comunidad de Madrid, que reúnan los requisitos que se determinan en la convocatoria y que contraten a personas pertenecientes a alguno de los colectivos de destinatarios según se define en la convocatoria.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto impulsar un programa especial de ayudas, a favor de empresas, para facilitar la incorporación y la continuidad en el puesto de personas trabajadoras de reciente contratación con residencia en la ciudad de Madrid mediante la mentorización de la persona contratada.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/470.00 “Subvenciones a empresas privadas para fomento del empleo”. Se destinará un crédito total de 1.000.000 euros para el año 2026, supeditado a la aprobación definitiva del presupuesto de esta anualidad.

La concesión de la subvención quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

Las solicitudes presentadas en base a las nuevas contrataciones realizadas resultarán subvencionables con las siguientes cuantías máximas en función de la modalidad de contratación:

a) Ayuda de 4.000 euros si la modalidad de la contratación es a tiempo completo.

b) Ayuda de 2.000 euros si la modalidad de la contratación es a tiempo parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales.

Las anteriores cuantías se incrementarán un 30 por ciento cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los colectivos prioritarios descritos en el artículo 6.3 de esta convocatoria. Este incremento no podrá ser acumulativo, aunque la persona contratada reúna las condiciones para pertenecer a dos de estos colectivos.

a) Ayuda de 5.200 euros si la modalidad de contratación es a tiempo completo.

b) Ayuda de 2.600 euros si la modalidad de contratación es a tiempo parcial, siempre que la misma sea igual o superior a 20 horas semanales.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes se abrirá al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID) y permanecerá abierto hasta el 15 de noviembre de 2026 o hasta agotar el crédito existente.

Las solicitudes deberán presentarse en los siguientes plazos:

a) Las relativas a contratos formalizados desde el 15 de noviembre de 2025 y hasta el día de publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ambos inclusive, deberán presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de dicha publicación.

b) Las relativas a contratos formalizados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID), deberán presentarse en el plazo de los tres meses siguientes a la formalización de dicho contrato.

Sexto. Otros datos.—La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, estableciéndose como criterio de prelación la fecha y la hora de entrada que figure registrada en la solicitud de subvención, reuniendo la totalidad de requisitos y documentación requerida en la convocatoria.

Madrid, a 26 de diciembre de 2025.—El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Jose Aniorte Rueda.

(03/950/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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