Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2026

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260130-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

16
ORDEN de 10 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible, tramitado de forma anticipada, para la concesión directa de subvenciones, en el año 2026, de la línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención, del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Al amparo de esta norma, mediante Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, se ha procedido a la aprobación de las normas reguladoras y se ha establecido el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, modificado por Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 310, de 30 de diciembre de 2024).

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c).1.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,

RESUELVO

Primero

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de subvenciones, en el año 2026, de la Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención, del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, es de 31.000.000,00 euros, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la adquisición del compromiso del gasto.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 47202-Políticas Activas de Empleo, del Programa presupuestario 241M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026.

El crédito presupuestario de 31.000.000,00 euros procede íntegramente del Estado conforme a la distribución de fondos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las comunidades autónomas en el año 2026, que resulte aprobada en la reunión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales que a tal efecto se celebre.

Tercero

Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 10 de diciembre de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo (P. D. Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 108, de 7 de mayo de 2024), la Viceconsejera de Economía y Empleo, María del Carmen Tejera Gimeno.

(03/114/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260130-16