Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2026

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260202-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

OFERTAS DE EMPLEO

62
San Martín de Valdeiglesias. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 9 de enero de 2026, las bases reguladoras de la convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo temporal para cubrir el puesto de trabajo vacante de oficial administrativo del área secretaría-contratación, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de cinco días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El contenido íntegro de las bases se publicará en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento http://sanmartindevaldeiglesias.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la Sede Electrónica del Ayuntamiento ( http://sanmartindevaldeiglesias.sedelectronica.es ), y en el tablón de anuncios.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcaldesa de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

San Martín de Valdeiglesias, a 15 de enero de 2026.—La alcaldesa, Aránzazu Povedano Fraguela.

(01/1.036/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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