Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
07-07-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100707-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54

EDICTO

95
Juicio verbal 1.186 de 2008

En el juicio verbal número 1.186 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 163 de 2008

En Madrid, a 23 de julio de 2008.—Vistos por el ilustrísimo señor don Juan Antonio Toro Peña, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 54 de Madrid, los autos de juicio verbal número 1.186 de 2008, seguidos a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Virgen de la Fuencisla, número 2, de Madrid, representada por la procuradora doña María Pilar Moyano Núñez y defendida por la letrada doña Mónica Gorría Berbiela, contra doña Carmen Padilla Sánchez, hoy su heredera, doña Eugenia Montero Padilla, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Estimo la demanda presentada por la comunidad de propietarios de la calle Virgen de la Fuencisla, número 2, de Madrid, contra doña Eugenia Montero Padilla, y debo condenar y condeno a doña Eugenio Montero Padilla a que abone a la actora, comunidad de propietarios de la calle Virgen de la Fuencisla, número 2, de Madrid, la cantidad de 333,99 euros, más los intereses legales de esa cantidad desde el día 13 de diciembre de 2007 hasta la firmeza de la sentencia, y desde la firmeza de la sentencia hasta su completo pago el interés legal establecido en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo ello con expresa imposición de costas a doña Eugenia Montero Padilla.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña Eugenia Montero Padilla a los efectos oportunos, bajo los apercibimientos legales.

En Madrid, a 10 de junio de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/6.580/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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