Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
21-10-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101021-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

117
Demanda 489 de 2009

Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 489 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Silvia Stilman Markowiecki, contra la empresa “CCC Travel Incoming, Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Que estimando como estimo la demanda presentada por doña Mónica Silvia Stilman Markowiecki, contra la empresa “CCC Travel Incoming, Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la cantidad de 22.288 euros de principal, más los intereses legales.

Que estimando como estimo la excepción de prescripción de las cantidades por comisiones planteada por el Fondo de Garantía Salarial, debo absolver y absuelvo a dicho ente gestor, sin perjuicio de su responsabilidad legal en relación con las cantidades reclamadas, con los límites expuestos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CCC Travel Incoming, Sociedad de Responsabilidad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.313/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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