Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110309-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1

EDICTO

159
Juicio de faltas 388 de 2010

Doña Rocío González Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Parla

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 388 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Parla, a 21 de octubre de 2010.—Doña Concepción Aparicio Torres, magistrada-juez de instrucción, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa de juicio de faltas número 388 de 2010, seguida por falta de estafa, siendo denunciante don José Manuel Ortega Gutiérrez, y denunciado don Alberto José García Álvarez.

Fallo

Que debo absolver a don Alberto José García Álvarez libremente de los hechos que se le imputaban, con declaración de las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia al ministerio fiscal y a las partes, con la advertencia de que la misma no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para su traslado a la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación, mediante escrito fundamentado y sin designación para oír notificaciones en Madrid, sin cuyos requisitos no se dará curso al recurso.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original al que, en todo caso, me remito, y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alberto José García Álvarez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 3 de febrero de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/5.611/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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