Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
01-08-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110801-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

163
Demanda 568 de 2010

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 568 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Guzmán Coyago, don Pedro Edilberto Aquino Puma, don Francisco Aranda García, don Rumen Borison Gospodinov, don Florea Ciuperca, don Adrián Diaconu, don Denis Ferreira Dovale, don Jesús González Requejo, don Ion Ifrim, doña María Isabel Ladero Cabra, don Miltonn Roberth Medina Jaramillo, don Marton César Ochoa López, don Benancio Pascual Rojas Villagaray, don Tibu Dumi Tru, don David Néstor Toasa Vergara y don Marco Iván Toasa Vergara, contra la empresa “Creaciones en Acero, Sociedad Limitada”, y don Pascual A. Vidal Fernández, sobre ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Razonamientos jurídicos:

Único.—Por no haber comparecido la parte actora, citada en legal forma, ni haber alegado causa alguna que justifique su incomparecencia, que hubiere podido motivar la suspensión de los actos señalados para hoy, se tiene a dicha parte por desistida de su demanda, conforme a lo dispuesto en el artículo 83.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, y sin más trámites procede archivar el procedimiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Creaciones en Acero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de junio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.634/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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