Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
07-10-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111007-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCORCÓN NÚMERO 1

EDICTO

127
Juicio verbal 336 de 2010

En el procedimiento de juicio verbal número 336 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

En Alcorcón, a 23 de marzo de 2011.—Vistos por la magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 1 de Alcorcón, ilustrísima señora doña María Rosa Rodríguez Jackson, los presentes autos de juicio verbal registrados con el número 336 de 2010, y en los que han sido partes: el procurador señor Torrecilla Jiménez, en nombre y representación de “Finanmadrid EFC, Sociedad Anónima”, asistidas por la letrada señora Sánchez Pérez, y como demandada, “Saturno Mobiliario, Sociedad Limitada”, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda deducida por el procurador señor Torrecilla Jiménez, en nombre de “Finanmadrid EFC, Sociedad Anónima”, contra “Saturno Mobiliario, Sociedad Limitada”, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad:

1.o Debo condenar y condeno a “Saturno Mobiliario, Sociedad Limitada”, a reintegrar a “Finanmadrid EFC, Sociedad Anónima”, la cantidad de 1.692 euros, más los intereses de esa cantidad desde la fecha de interposición de la demanda calculados al tipo de interés legal.

2.o Se imponen las costas de esta instancia a la demandada.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Saturno Mobiliario, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido.

En Alcorcón, a 13 de mayo de 2011.—El secretario (firmado).

(02/8.228/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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