Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2011

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111126-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

39
Ordenanza vandalismo

Mediante acuerdo plenario de fecha 24 de octubre de 2011 se aprobó provisionalmente la ordenanza contra el vandalismo en espacios públicos y protección de la convivencia ciudadana, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se expone al público en el tablón de anuncios de la Entidad, quedando el expediente completo en la Secretaría, abriéndose un plazo de treinta días desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas.

En Navalafuente, a 28 de octubre de 2011.—El alcalde-presidente, Miguel Méndez Martiáñez.

(03/37.843/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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