Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
30-12-2011

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111230-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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DECRETO 178/2011, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se prorroga el Decreto 68/2008, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA) 2008-2011.

El Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA) 2008-2011 se aprobó mediante Decreto 68/2008, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, con una aportación de la Comunidad de Madrid de 700.000.000 de euros y una aportación de los Ayuntamientos de 28.000.000 de euros.

Próximo a concluir su período de vigencia, se hace necesario planificar la prórroga del Programa de acuerdo con el nuevo contexto económico, tanto de la Comunidad de Madrid como de los beneficiarios del PRISMA.

En este sentido, conscientes de que los adecuados niveles de dotación de infraestructuras, equipamientos y zonas verdes financiados a los municipios dentro del Programa para la prestación de servicios públicos, han requerido importantes esfuerzos de financiación en los gastos de mantenimiento, conservación y funcionamiento, se considera necesario definir la prórroga del PRISMA 2008-2011 acorde con las actuales circunstancias de racionalización económica, siendo aconsejable, además, priorizar con criterios de eficiencia en el gasto público, los compromisos pendientes.

De conformidad con el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 129 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, corresponde su aprobación al Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión celebrada el día 29 de diciembre de 2011,

DISPONE

Artículo 1

Prórroga del Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA) para el período 2008-2011

1. Establece la prórroga del Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA) 2008-2011 en los términos previstos en el Decreto 68/2008, de 19 de junio, hasta el día de la finalización de sus actuaciones, sin que pueda superar el 31 de diciembre de 2015.

2. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán disponer, tanto las cantidades solicitadas de gasto corriente que durante las anualidades 2008-2011 no se hubieran justificado como aquellas otras que, justificadas, no se hubieran podido tramitar o abonar.

Artículo 2

Destinatarios de la prórroga

Serán destinatarios de la prórroga todos aquellos municipios que no hayan agotado el crédito que tuvieran asignado inicialmente en el PRISMA 2008-2011, todo ello con el objeto de ayudarles a cumplir sus obligaciones de prestación de servicios, a través del apoyo a la inversión y el gasto corriente, así como para realizar actuaciones supramunicipales, especialmente, las referidas a las Mancomunidades de municipios.

Artículo 3

Disponibilidad presupuestaria

1. La inversión prorrogada se tramitará, durante su período de vigencia, en función de la disponibilidad presupuestaria.

2. Anualmente, en los presupuestos generales de cada una de las Administraciones Regional o Municipal, se consignarán las cantidades correspondientes a los compromisos económicos asumidos en su virtud.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Modificación del Decreto 68/2008, de 19 de junio, por el que se aprueba el Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA) para el período 2008-2011, con una aportación de la Comunidad de Madrid de 700.000.000 de euros y una aportación de los Ayuntamientos de 28.000.000 de euros

El Decreto 68/2008, de 19 de junio, por el que se aprueba el Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA) para el período 2008-2011, con una aportación de la Comunidad de Madrid de 700.000.000 de euros y una aportación de los Ayuntamientos de 28.000.000 de euros, queda modificado como sigue:

Uno. La letra c) del apartado 2 del artículo 7 queda redactada del siguiente modo:

“c) Que se acredite documentalmente, por la entidad a la que haya sido encargada la ejecución de las actuaciones, la existencia del remanente y que no existe la necesidad de destino señalada en el apartado anterior”.

Dos. El apartado 1 del artículo 10 queda redactado de la siguiente manera:

“1. La tramitación y ejecución de las actuaciones cuya gestión corresponda a la Comunidad de Madrid se realizará, mediante encargos, a aquellas entidades del sector público que tengan atribuida la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración de la Comunidad de Madrid, en los términos que se establezcan en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

Se excluirán del objeto del encargo la tramitación y ejecución del gasto corriente y de las actuaciones supramunicipales que, en todo caso, corresponderán a la Consejería competente en materia de cooperación con la Administración Local”.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Habilitación de desarrollo

Se habilita al Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno para desarrollar las disposiciones previstas en este Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Acordado en Madrid, a 29 de diciembre de 2011.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte La Presidenta, y Portavoz del Gobierno, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/43.963/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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