Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
07-09-2013

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130907-33

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

33
Juicio de faltas 806 de 2013

EDICTO

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 806 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 9 de agosto de 2013.—Vistos por mí, don Arturo Zamarriego Fernández, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 806 de 2013, por falta de hurto, contra doña Nicoleta Alexandru y doña Elena Tatau, en el que ha sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Nicoleta Alexandru y doña Elena Tatau, como autoras de una falta de hurto, en grado de tentativa, ya definida, a cada una de ellas a la pena de multa de treinta días, con una cuota diaria de 3 euros, y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y costas por mitad.

Una vez firme esta resolución, cesará el depósito en su día constituido sobre los efectos objeto de la sustración.

Contra la presente cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 976, con relación al 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Nicoleta Alexandru y doña Elena Tatau expido la presente en Madrid, a 9 de agosto de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/27.408/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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