Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
26-10-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131026-43

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

43
Procedimiento ordinario 1.164 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.164 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Sánchez Romero, frente a “Avepinser, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 364 de 2013

En nombre del Rey.—En Madrid, a 10 de septiembre de 2013.

Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre cantidad, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, doña María Sánchez Romero, asistida por la letrada doña Gloria de la Luz Pino Martín, y de otra, como demandada, “Avepinser, Sociedad Limitada”, que no comparece.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación,

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña María Sánchez Romero, contra “Avepinser, Sociedad Limitada”, debo condenar a la empresa a que abone a la actora la suma de 655,84 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima magistrada-juez doña Ángela Mostajo Veiga que la suscribe en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se notifica la anterior resolución a las partes por medio de correo certificado con acuse de recibo, conteniendo los sobres remitidos copia de la sentencia dictada y cédula de notificación.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Avepinser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.849/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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