Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131227-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47

142
Juicio verbal 524 de 2012

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal número 524 de 2012, sobre otras materias, a instancias de “FG Suministros, Sociedad Limitada”, con procuradora doña Cristina de Prada Antón, contra “Copado Madueña, Sociedad Limitada”, con procurador sin profesional asignado, se ha dictado al siguiente resolución:

Sentencia número 203 de 2013

En Madrid, a 17 de octubre de 2013.—Doña María del Rocío Montes Rosado, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 47 de Madrid, vistos los presentes autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo el número 524 de 2012, en el cual ha sido parte demandante la mercantil “FG Suministros, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Cristina de Prada Antón y asistida por el letrado don Juan Carlos Máñez Bolaños, y parte demandada la sociedad “Copado Madueña, Sociedad Limitada”, no comparecida en autos, ha dictado sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Cristina de Prada Antón, en representación de la empresa “FG Suministros, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la entidad “Copado Madueña, Sociedad Limitada”, al pago de la suma de 5.179,69 euros, más los intereses moratorios establecidos en la Ley 3/2004 y los procesales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, así como al abono de las costas del procedimiento.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación a interponer por escrito ante este Juzgado en el término de veinte días desde el siguiente al de su notificación para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

En Madrid, a 15 de noviembre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/8.595/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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