Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2014

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140219-203

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

203
Ejecución 508 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la ejecución número 508 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cristóbal Contreras Leal, frente a “Bodegas Casagrande, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado diligencia de fecha 2 de septiembre de 2013 del tenor literal siguiente:

Diligencia de tasación de costas y liquidación de intereses que practica la SecretarIa judicial, doña María Isabel Cano Campaña, en los presentes autos, seguidos contra “Bodegas Casagrande, Sociedad Limitada”:

Costas

Minuta del letrado don Diego Sánchez Cenizo: 560,83 euros.

Liquidación de intereses

Principal: 4.532,00 euros.

Interés del 6 por 100.

Desde el 31 de mayo de 2012 a fecha 16 de noviembre de 2012, en que se abonó 4.000,00 euros, transcurren ciento setenta días.

Interés diario, 0,74 euros por ciento setenta días: 125,80 euros.

Sobre 532,00 euros desde el 17 de noviembre de 2012 al 30 de enero de 2013 transcurren setenta y cinco días.

Interés diario, 0,08 euros por setenta y cinco días: 6,00 euros.

Total intereses legales: 131,80 euros.

Importa la anterior tasación de costas y liquidación de intereses la cantidad total de 692,63 euros (salvo error u omisión).

De la presente diligencia dese traslado a las partes por término de diez días a fin de que aleguen lo que a su derecho convenga, haciéndoles saber que transcurrido dicho plazo sin hacer manifestación alguna se entenderá que muestran su conformidad con lo practicado.

Móstoles, 2 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bodegas Casagrande, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 15 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.949/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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