Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
30-12-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141230-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

86
Procedimiento 430 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 430 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Jiménez Salinero, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Mutua Fraternidad-Muprespa”, “Proyectos Morbar, Sociedad Limitada”, y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 376 de 2014

En Madrid, a 30 de septiembre de 2014.—Vistos por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido en reclamación de incapacidad temporal, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Fraternidad-Muprespa” y la empresa “Proyectos Morbar, Sociedad Limitada”, por don Juan Antonio Jiménez Salinero.

Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación al caso,

Fallo

Que estimando íntegramente las pretensiones de la demanda, condeno a la empresa “Proyectos Morbar, Sociedad Limitada”, como responsable directa, a abonar a don Juan Antonio Jiménez Salinero la cantidad de 1.690,92 euros. No obstante, condeno a “Mutua Fraternidad-Muprespa” a anticipar al actor ese importe, sin perjuicio de la facultad de la mutua de subrogarse en los derechos y acciones de la parte actora para obtener el oportuno resarcimiento a cargo de la citada empresa, y declaro la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social para el supuesto de insolvencia legalmente declarada de la empresa y de la mutua.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada que fue la anterior sentencia por el ilustrísimo magistrado-juez de lo social que la suscribe, de lo que doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Proyectos Morbar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.326/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141230-86