Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150205-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

152
Procedimiento 80 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 80 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, frente a “Acometidas para Alcantarillado y Saneamiento, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: autos número 80 de 2014 y sentencia número 390 de 2014.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2014.—Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 80 de 2014, sobre reclamación de cantidad, seguidos entre partes, de una, como demandante, Fundación Laboral de la Construcción, representada por el letrado don José Manuel Gigante Izquierdo, y de otra, como demandada, “Acometidas para Alcantarillado y Saneamiento, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma, ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda promovida por Fundación Laboral de la Construcción frente a la empresa “Acometidas para Alcantarillado y Saneamiento, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a Fundación Laboral de la Construcción la cantidad de 1.985,86 euros, por los conceptos reclamados en su demanda.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber de su firmeza y que, en consecuencia, no cabe interponer recurso alguno contra la misma y una vez notificada procédase al archivo de estas actuaciones.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la suscribe en el día de su fecha, celebrándose audiencia pública, doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fundación Laboral de la Construcción, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.289/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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