Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
06-04-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150406-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26

147
Procedimiento ordinario 1.472 de 2010

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 1.472 de 2010 por no ser conocido el domicilio de “Aramsa Solutions, Sociedad Limitada”, por resolución de fecha de hoy, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 21 de diciembre de 2012, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia

En Madrid, a 21 de diciembre de 2012.—La ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario, seguidos a instancias de “Recreativos Pozuelo, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los tribunales don Ignacio Argos Linares, contra don Muhammad Arshad y “Aramsa Solution, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por “Recreativos Pozuelo, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los tribunales don Ignacio Argos Linares, contra don Muhammad Arshad y “Aramsa Solution, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, condeno a los expresados demandados a satisfacer a la actora la cantidad de 8.347,80 euros, más intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda, y pago de las costas procesales causadas.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y para que sirva de notificación a “Aramsa Solution, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 26 de enero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/822/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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