Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150729-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 16

86
Procedimiento ordinario 1.251 de 2011

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.251 de 2011, entre la comunidad de propietarios del paseo de Perales, número 15, y la herencia yacente de don Luis Benito Fernández, en reclamación de 13.437,05 euros, en cuyos autos se ha dictado la sentencia de fecha 21 de abril de 2015 rectificada por el auto de fecha 19 de mayo de 2015, cuyo encabezamiento, fallo y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 80 de 2015

En Madrid, a 21 de abril de 2015.—Su señoría ilustrísima don Francisco Serrano Arnal, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 16 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.251 de 2011, seguidos en este Juzgado a instancias de la comunidad de propietarios del paseo de Perales, número 15, de Madrid, representada por la procuradora de los tribunales doña Belén Izquierdo Manso y asistida del letrado don Francisco Muñiz Reche, contra la herencia yacente de don Luis Benito Fernández (rebelde), sobre reclamación de la cantidad de 13.437,05 euros de principal, intereses legales y costas.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta en nombre de la comunidad de propietarios del paseo del Pintor Rosales, número 22, de Madrid, condeno a la herencia yacente e ignorados herederos de don Luis Benito Fernández, a que pague a la anterior demandante la cantidad de 13.437,05 euros, más sus intereses legales desde demanda y costas.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá formalizarse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 449.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.—Doy fe.

Parte dispositiva:

Se estima la petición formulada por la comunidad de propietarios del paseo de Perales, número 15, de rectificar el fallo de la sentencia dictada en el presente procedimiento con fecha 24 de abril de 2015, quedando redactada del tenor literal siguiente:

«Fallo

Que estimando la demanda interpuesta en nombre de la comunidad de propietarios del paseo de Perales, número 15, de Madrid, condeno a la herencia yacente e ignorados herederos de don Luis Benito Fernández, a que pague a la anterior demandante la cantidad de 13.437,05 euros, más sus intereses legales desde demanda y costas.»

Y para que sirva de notificación a la herencia yacente de don Luis Benito Fernández expido y firmo la presente en Madrid, a 19 de mayo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/4.058/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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