Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
21-08-2018

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180821-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

33
Navacerrada. Régimen económico. Anulación obligaciones pendientes de pago

Conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera de las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Navacerrada, en relación a cantidades correspondientes a acreedores que figuran en las “Relaciones de Presupuestos cerrados” que deban darse de baja de la Contabilidad Municipal, por prescripción o cuyo reconocimiento se deba a errores de contraído o defectos de contabilización semejantes, se expone en el tablón de anuncios municipal la relación de deudas anteriores al ejercicio 2010, que procederán a darse de baja, por plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, período durante el cual los acreedores podrán hacer valer sus derechos formulando, ante el Registro General Municipal, las reclamaciones de deuda correspondientes, acompañando la documentación oportuna y justificando en su caso la interrupción de los plazos de prescripción previstos en el artículo 25.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En Navacerrada, a 7 de agosto de 2018.—La alcadesa, Ana Paula Espinosa Izquierdo.

(03/27.171/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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