Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2019

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190509-35

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

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ACUERDO de 30 de abril de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Catálogo de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid por la visita a las dependencias y al Jardín del Castillo de de Manzanares el Real, y por los servicios prestados en los centros culturales dependientes de la Dirección General de Promoción Cultural, modificándose sendos Acuerdos del Consejo de Gobierno de 12 de julio de 2012.

El artículo 27 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid dispone que el Catálogo de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos se establecerá por Acuerdo de Consejo de Gobierno, a propuesta y con base en la solicitud de la Consejería que los preste o de que dependa el órgano o Ente institucional correspondiente, y previo informe favorable de la Consejería de Hacienda, que valorará la procedencia de la propuesta.

Asimismo, y de conformidad con lo previsto en los artículos 28 y 29 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, la fijación o modificación de la cuantía de los precios públicos se realizará por Acuerdo del Consejo de Gobierno, cuando existiendo razones sociales, benéficas y culturales no cubra los costes económicos originados por la realización de actividades o la prestación de servicios.

Los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes fueron actualizados mediante los siguientes Acuerdos:

Acuerdo de 12 de julio de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Catálogo y se actualizan los precios públicos correspondientes al Castillo de Manzanares el Real y se establecen los precios públicos relativos a la visita al Jardín y utilización privativa del Palenque (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de julio de 2012).

Acuerdo de 12 de julio de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se actualiza el Catálogo actualizado de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid y se fija la cuantía de los mismos de los servicios prestados en los centros culturales dependientes de la Dirección General de Promoción Cultural de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de julio de 2012).

La Ley 5/2018, de 17 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de octubre), para la protección, reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo, establece en su artículo 21.1 que la Comunidad de Madrid establecerá bonificaciones que faciliten el acceso de las víctimas del terrorismo y de las personas vinculadas por razón de su parentesco, convivencia o relación de dependencia con la víctima a las actividades culturales que organice directamente la Administración institucional.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 5/2018, resulta necesario introducir determinadas modificaciones en el Catálogo, mediante la propuesta de la bonificación hasta el 100 por 100 de la tarifa por uso destinada a las víctimas del terrorismo y a las personas vinculadas por razón de su parentesco, convivencia o relación de dependencia con la víctima.

A propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes y previo informe favorable de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, el Consejo de Gobierno, en su reunión de 30 de abril de 2019

ACUERDA

Primero

Modificar, en el Anexo I del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de julio de 1998, por el que se establece el Catálogo actualizado de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el siguiente sentido:

1. Añadiendo, en su apartado B) un último párrafo, al final del régimen de bonificaciones que se contiene tras el epígrafe B 07, con la siguiente redacción:

“Se aplicará una bonificación del 100 por 100 en las tarifas fijadas por visitas a las dependencias del Castillo (B.04 y B.06) cuando se trate víctimas del terrorismo y las personas vinculadas por razón de su parentesco, convivencia o relación de dependencia con la víctima”.

2. Añadiendo, en apartado H), al final del regimen de bonificaciones que se contiene tras el subepígrafe H 01.2, un último párrafo-guión con la siguiente redacción:

“Las víctimas del terrorismo y las personas vinculadas por razón de su parentesco, convivencia o relación de dependencia con la víctima, gozarán de una bonificación del 100 por 100 en el pago del precio de todas las actividades del epígrafe H 01 (H01.1 y H01.2).

Segundo

A efectos de claridad y coherencia normativa, se procede también a modificar, en los términos que se recogen en el Anexo a este Acuerdo, los dos Acuerdos de Consejo de Gobierno de 12 de julio de 2012, en cuanto se fijaron, respectivamente, las cuantías de los precios públicos por visita a las dependencias y jardín del Castillo de Manzanares el Real y por los servicios prestados en los centros culturales dependientes de la Dirección General de Promoción Cultural.

Tercero

Se faculta al Consejero de Cultura, Turismo y Deportes a desarrollar, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, las normas relativas a la gestión que pudiera requerir la aplicación del presente Acuerdo.

Cuarto

El presente Acuerdo será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de abril de 2019.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, en funciones, JAIME MIGUEL DE LOS SANTOS GONZÁLEZ

El Presidente, en funciones, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

ANEXO

1. MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE 12 DE JULIO DE 2012, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE MODIFICA EL CATÁLOGO Y SE ACTUALIZAN LOS PRECIOS PÚBLICOS CORRESPONDIENTES AL CASTILLO DE MANZANARES EL REAL Y SE ESTABLECEN LOS PRECIOS PÚBLICOS RELATIVOS A LA VISITA AL JARDÍN Y UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL PALENQUE

Queda modificado el apartado Segundo del Acuerdo de 12 de julio de 2012, citado at supra, añadiéndose, al final, un último párrafo con la siguiente redacción:

“Se aplicará una bonificación del 100 por 100 en las tarifas fijadas por visitas a las dependencias del Castillo (B.04 y B.06) cuando se trate víctimas del terrorismo y las personas vinculadas por razón de su parentesco, convivencia o realción de dependencia con la víctima”.

2. MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE 12 DE JULIO DE 2012, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE ACTUALIZA EL CATÁLOGO ACTUALIZADO DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES SUSCEPTIBLES DE SER RETRIBUIDOS MEDIANTE PRECIOS PÚBLICOS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y SE FIJA LA CUANTÍA DE LOS MISMOS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LOS CENTROS CULTURALES DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL

Queda modificado el apartado Primero del Acuerdo de 12 de julio de 2012, citado at supra, añadiéndose, al final, un último párrafo-guión con la siguiente redacción:

“Las víctimas del terrorismo y las personas vinculadas por razón de su parentesco, convivencia o relación de dependencia con la víctima gozarán de una bonificación del 100 por 100 en el pago del precio de todas las actividades del epígrafe H 01 (H01.1 y H01.2)”.

(03/15.800/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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