Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2020

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200107-14

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

14
DECRETO 317/2019, de 27 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declara bien de interés cultural la pintura titulada “María Magdalena en el desierto”, atribuida a Alonso Cano.

Mediante Resolución de 16 de septiembre de 2015, la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (actual Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte), previo informe de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, resolvió denegar la exportación de la pintura titulada “María Magdalena en el desierto”, de Alonso Cano, por tratarse de una obra excepcional y representativa de la etapa granadina del pintor que presenta una temática y formato inusuales junto con unos valores compositivos cromáticos y narrativos que hacen de esta pintura una obra de gran relevancia para el Patrimonio Histórico Español; vista la propuesta emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales de la Dirección General de Patrimonio Cultural; considerando que la citada obra, merece ser declarada Bien de Interés Cultural por su valor histórico y artístico; la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 11 de abril de 2019, incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de la citada pintura.

En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (26 de abril de 2019), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cualquier interesado pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que estime oportunas.

Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 145502 y RBIC-2019-000009.

En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

En su reunión del 16 de mayo de 2019, el Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid muestra su conformidad por unanimidad de sus miembros con la Resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 11 de abril de 2019 por la que se incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de la pintura titulada “María Magdalena en el desierto”, atribuida a Alonso Cano.

Se recibe informe de 27 de mayo de 2019 del Director de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando indicando que tras haber sido sometida a trámite de audiencia la resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 11 de abril de 2019 por la que se incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de la pintura titulada “María Magdalena en el desierto”, atribuida a Alonso Cano, la Academia se manifiesta a favor de su declaración, siempre que conste como obra atribuida a Alonso Cano.

Por todo ello, y no constando que se hayan presentado alegaciones, se reitera la propuesta técnica inicial con la salvedad del añadido de un epígrafe específico sobre los valores que justifican la declaración del bien, para incluir en un solo apartado los valores del bien que le hacen merecedor de la condición de Bien de Interés Cultural y que en la resolución de incoación se reflejaban en varios apartados del anexo.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, a propuesta de la Consejería de Cultura y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de diciembre de 2019,

DISPONGO

Primero

Declarar Bien de Interés Cultural la pintura titulada “María Magdalena en el desierto”, atribuida a Alonso Cano.

Segundo

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, de la que se librará oportuna certificación al Ministerio de Cultura y Deporte.

Tercero

El presente Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 27 de diciembre de 2019.

La Consejera de Cultura y Turismo, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

ANEXO

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS VALORES DEL BIEN QUE MOTIVAN SU DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL

A)  Descripción del bien objeto de declaración

Denominación: “María Magdalena en el desierto”.

Denominación accesoria: La Magdalena en el desierto.

Autor: Alonso Cano (Granada 1601-1667) (atribuida).

Escuela: Española.

Época: Siglo XVII; década de los 50.

Clase del bien: Pintura.

Técnica: Pintura al óleo.

Materia: Óleo sobre lienzo.

Medidas: 104 ´ 205 cm.

Estado de conservación: Bueno.

La obra objeto de valoración es una pintura al óleo sobre lienzo, de dimensiones 104 ´ 205 cm, que representa a María Magdalena en penitencia, atribuida al granadino Alonso Cano (Granada 1601-1667).

Fue uno de los más completos artistas de su época, ya que además de la práctica de la pintura destacó como dibujante y diseñador y ejerció de igual manera la arquitectura y escultura. Las primeras nociones las debió recibir del padre, de cuya profesión como maestro retablero Cano aprendería a dibujar y trazar. Durante su época de juventud se formó en Sevilla; asistió un corto espacio de tiempo al taller de Francisco Pacheco, donde probablemente tomaría conciencia de la importancia del dibujo, coincidiendo en el obrador con Velázquez. En 1638 acude a Madrid, atraído por la corte de Felipe IV, ciudad en la que se cree que tuvo el apoyo del conde-duque de Olivares. Colaboró en la decoración del Palacio del Alcázar y del Buen Retiro. Sería esta una etapa importante ya que tuvo acceso al conocimiento de la pintura de los maestros venecianos (significativa en la consolidación de su paleta) y los pintores de corte de las colecciones reales. Fue un período en el que pictóricamente prescindió del tenebrismo, evolucionando a otro más dinámico y barroco, de tonalidades transparentes y claras. En 1652 se encuentra en su Granada natal donde un año antes había sido nombrado racionero de la catedral, ciudad, junto con Málaga, para la que trabajaría hasta el final de su vida. Como consecuencia de su estancia en las ciudades de mayor relevancia y producción artística, Cano tuvo un bagaje artístico y cultural amplio y diverso, que se vio reflejado en su obra, de exquisita factura, comparable a la labor artística de pintores como Velázquez o Murillo.

La obra presenta a María Magdalena retirada a orar en una gruta, símbolo de su renuncia al mundo. Su imagen aparece representada en un medio natural de configuración rocosa. Personificada como una mujer joven, aparece arrodillada e inclinada hacia delante, con las manos entrelazadas en actitud de oración; la santa dirige la mirada emotiva, intensa y concentrada hacia la cruz que apoya en una piedra con el tarro de perfumes al pie, elementos iconográficos, llenos de simbolismo, con los que se la identifica. Es una imagen de belleza sensual, que lleva el pelo largo dorado cayendo por la espalda, dibujando cuello y hombros y cubriendo en parte su cuerpo semidesnudo y cuyo manto de tonalidades azules se pliega a la anatomía de la santa.

El autor se enfrenta a la superficie estrecha y alargada del lienzo acoplando la figura a dicha espacio arrodillándola e inclinando el cuerpo hacia delante, apoyando los codos de María Magdalena sobre una piedra. A su vez, crea un ritmo de diagonales paralelas con la espalda y el antebrazo de la penitente y el crucifijo. En la obra se puede ver el uso que hace Cano del dibujo, tal como se aprecia en la anatomía del brazo o en el virtuoso manto. El pintor fue un destacado dibujante, bien como creación autónoma o bien como un trabajo previo a la elaboración del lienzo; es el caso de esta obra, de la cual se conserva un dibujo preparatorio de la Magdalena penitente en la Colección Edwin C. Cohen; dicho dibujo formó parte de la exposición Alonso Cano: Dibujos en el Museo del Prado en 2001; este trabajo previo, realizado a pluma y aguada de tinta parda hacia 1653, corresponde con este lienzo de la Magdalena, y es una muestra de lo hábilmente que se adaptó a una inusual forma.

Cano hace uso de un cromatismo austero, con predominio de los tonos ocres; el pintor lleva a cabo un tratamiento de la luz que potencia la obra, contribuyendo a crear el efecto de misterio con los tonos oscuros de la gruta, tratando con delicadeza la figura de María Magdalena que deja en penumbra su rostro e ilumina mechones del cabello y el brazo, contorneado en negro; la Santa protagoniza el otro color destacado, el azul del manto muy canesco, con efectos de luz con base en grisalla y tonalidades más claras en zonas de mayor iluminación contrastando con los pliegues; igualmente ilumina el simbólico frasco de perfumes para el cual se sirve de empaste blanco.

Se trata de una pintura que formaría pareja con un San Jerónimo (colección privada), de igual forma y medidas, ambas incorporadas en 2013 al catálogo de Cano. Se cree que pueden pertenecen a su última etapa granadina, a partir de 1652, cuando ya contaba con la influencia madrileña patente tanto en la gama cromática empleada como en los pliegues del manto y a su vez en los rasgos distintivos de estos años que se aprecian en la monumentalidad e intensidad emocional de la figura. Existe una copia atribuida al taller de Alonso Cano del San Jerónimo en el palacio arzobispal de la Zubia, cercano a Granada.

Ambos lienzos formaron parte de la colección del infante don Luis de Borbón y Farnesio (1727-1785), hijo de Felipe V. Aparecen citados por primera vez en la hijuela de Luis María de Borbón, en los años 1786-1787, junto a otra pintura de san Jerónimo, de igual formato y medidas (Sophie Domínguez-Fuentes en Les collections de l’infante D. Luis Antonio Jaime de Borbón y Farnesio. Tesis doctoral. París: Université de Paris IV-Sorbonne, 2002, vol. I. p.131). El inventario de 1826 del palacio de Boadilla del Monte los sitúa en la sacristía del mismo, tal como figura en la antedicha tesis “Dos cuadros el uno de la magdalena, y el otro de San Gerónimo con marcos dorados de una vara y media de alto cada uno”. En 1832 eran propiedad de los condes de Chinchón figurando en ambas pinturas el monograma CC de la Casa. En sucesivos inventarios (1881, 1882 y 1894) del mencionado palacio figuran ambos santos penitentes, siempre como obras de Alonso Cano, con numeración correlativa, 25 y 26. Los lienzos, por su dimensión y formato apaisado, estarían destinados probablemente a decorar sobrepuertas o ventanas.

El pasaje de la vida de María Magdalena como penitente tuvo como consecuencia de la Contrarreforma gran influencia ya que significaba arrepentimiento; Cano, sin que las ideas contrarreformistas de su tiempo modificaran su gusto por el ideal de belleza clasicista de la forma humana así como en la elegante sensualidad, llevó a cabo una obra con gran calidad técnica e intuición artística tal como se ve en la excelente solución compositiva, dibujo y capacidad pictórica, una pintura alejada de los estereotipos de la época y llena de modernidad, características que confieren valor y excepcionalidad a la mencionada pintura.

Alonso Cano fue uno de los pintores más sobresalientes del Barroco, cuya presencia en Granada fue referencia para los pintores granadinos de la segunda mitad del siglo XVII y XVIII; su figura se ha venido acrecentando con la incorporación de nuevas obras a su catálogo; María Magdalena penitente, una de las últimas adscripciones, es una de las más interesantes de su no muy numerosa producción pictórica.

B)  Estado de conservación del bien y criterios básicos por los que deberán regirse las futuras intervenciones

La pintura se encuentra en buen estado de conservación; si bien, en algunas zonas la capa rojiza de la preparación interfiere con capas más superficiales; sin embargo, no se han alterado los valores estéticos de la obra.

Los criterios a aplicar en futuras intervenciones habrán de ser los de mínima intervención, diferenciación y reversibilidad.

C)  Valores que justifican la declaración del bien

El bien objeto de declaración constituye una obra excepcional valor, al tratarse de una pintura original de Alonso Cano, con un planteamiento de la obra alejado de cánones tradicionales, de gran belleza, intuición compositiva y excepcional tratamiento pictórico. Cano recrea la figura humana envolviéndola en refinada belleza y sensualidad; el formato compositivo sumamente apaisado es poco frecuente, resuelto por Cano de forma magistral, así como los valores cromáticos y el tratamiento de la luz.

Hay que añadir que es una obra de reciente incorporación al catálogo de Alonso Cano, una de las más interesantes de su, no muy numerosa, producción pictórica.

Por todo lo expuesto anteriormente, la obra “María Magdalena en el desierto” cobra especial importancia para el Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

(03/42.927/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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