Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210317-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 7

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Arganda del Rey número 7. Procedimiento 633/2017

EDICTO

Doña Beatriz Alcolea Madinagoitia, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 7 de Arganda del Rey.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 633/2017 en los que se ha dictado en fecha 27 de septiembre de 2020 sentencia, cuyo fallo dispone:

Que debo estimar y estimo la demanda presentada a instancia de don Francisco Domingo de la Concepción, doña María de las Nieves Domingo de la Concepción y doña María del Pilar Domingo de la Concepción, representado procesalmente por el procurador de los tribunales, don Hernán Kozak Cino frente a Cooperativa de Vivendas Pablo Iglesias, y en su mérito condeno al demandado al otorgamiento de escritura pública de la finca número 1393 del Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid, calle de la Música, número 9, 1.o 4, 28523, a favor de los actores, y, para el caso de que no dé cumplimiento a esta obligación, su voluntad será sustituida judicialmente, siendo a costa del demandado todos los gastos que se puedan generar.

Se condena al demandado al pago de las costas procesales.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto por el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y encomendar su cumplimiento al procurador de la parte demandante.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Arganda del Rey, a 28 de septiembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/4.741/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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