Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
02-12-2021

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211202-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Móstoles. Régimen económico. Cuenta general

La Cuenta General de esta Entidad Local correspondiente al ejercicio económico 2020, redactada conforme a lo establecido en el artículo 209 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004), cuenta integrada por:

— La del Ayuntamiento.

— La de los Organismos Autónomos dependientes de este Ayuntamiento que a continuación se relacionan:

• Patronato Municipal de Escuelas Infantiles.

• Gerencia Municipal de Urbanismo.

— La de las Sociedades Mercantiles de capital Íntegramente propiedad de la Corporación siguientes:

• Móstoles Desarrollo Promoción Económica, S. A.

• Instituto Municipal del Suelo, S. A. (I.M.S., S. A.)

La citada cuenta y el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, se hallan de manifiesto en la Dirección General de Presupuestos y Contabilidad de este Ayuntamiento, para su examen y formulación por escrito de los reparos, reclamaciones u observaciones que procedan.

Para la impugnación de la Cuenta se observará:

a) Plazo de exposición: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Plazo de admisión: los reparos y observaciones se admitirán durante el plazo anterior y ocho días más.

c) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Móstoles.

d) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

En Móstoles, a 29 de noviembre de 2021.—La alcaldesa (firmado).

(03/33.255/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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