Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2022

Sección 1.2.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220404-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

1
RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo, convocado por Resolución de 1 de febrero de 2022.

Por Resolución de esta Dirección General de Recursos Humanos, de fecha 1 de febrero de 2022, se convocó procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades.

De conformidad con lo dispuesto en la base quinta de la citada Resolución, esta Dirección General de Recursos Humanos

HA RESUELTO

Primero

Listas provisionales de admitidos

Aprobar las listas provisionales de admitidos a este procedimiento selectivo, con indicación de los aspirantes que deberán acreditar su competencia en el conocimiento del idioma castellano mediante la realización de la prueba a la que se alude en el apartado 3.1.a) del Título I y en el Anexo II de la citada Resolución de convocatoria.

Asimismo, en las mencionadas listas constan la forma de acceso, especialidad y aquellos candidatos que tengan en vigor la habilitación bilingüe, expedida por la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Listas provisionales de excluidos

Aprobar las listas provisionales de aspirantes excluidos en el citado procedimiento selectivo, con indicación de las causas de exclusión.

Aquellos aspirantes que han solicitado participar por el turno de “Reserva para personas con discapacidad” y no han aportado el dictamen vinculante de las condiciones psíquicas, físicas o sensoriales, que se especifica como requisito indispensable para participar por el citado turno en el Anexo III de la Resolución de convocatoria, figurarán en estas listas de excluidos.

De conformidad con el citado Anexo III, en caso de no aportar el citado dictamen en el plazo de subsanación a dichas listas, figurarán en los listados definitivos como admitidos en el turno libre y no procederá, en su caso, realizar las adaptaciones solicitadas.

Tercero

Listas provisionales de admitidos y excluidos para la adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Maestros

Aprobar las listas provisionales de admitidos y excluidos para la adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Maestros, que serán expuestas, en la misma fecha, en los términos citados en el apartado cuarto de esta Resolución.

Cuarto

Fecha y lugares de exposición

Ordenar la exposición de las citadas listas provisionales de admitidos y excluidos, a partir del día 4 de abril de 2022, en el portal de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), dentro del apartado “Administración digital: Punto de Acceso General” escribiendo en el texto del buscador: “oposiciones maestros 2022”. También se podrá acceder, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, en el portal “personal + educacion” ( www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Maestros”.

Las listas provisionales se mantendrán expuestas hasta la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos.

El requerimiento para la subsanación de la solicitud se considera efectuado con la publicación de la resolución que aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, al efecto de que, en el plazo establecido en el apartado quinto, subsanen el defecto que ha motivado su exclusión.

Quinto

Escritos de subsanaciones. Lugar de presentación y plazo

1. Solicitudes de subsanación:

Los aspirantes excluidos, así como los omitidos por no figurar en la lista de admitidos ni en la de excluidos o aquellos que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, o los que, poseyendo la habilitación bilingüe, no figurasen en las citadas listas, podrán presentar solicitud de subsanación, junto con la documentación acreditativa, en su caso.

La solicitud de subsanación se realizará en el modelo de impreso “Solicitud de subsanación de errores y causas de exclusión en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros” que figura en el Anexo IV de la Resolución de convocatoria. Dicho modelo se cumplimentará exclusivamente por medios electrónicos accediendo a través del portal de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), mediante la secuencia descrita en el apartado cuarto de esta Resolución.

Si el aspirante no subsanara el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se le tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del proceso selectivo.

Exclusivamente para aquellos aspirantes excluidos por las causas 34 y 35:

En el caso de aquellos aspirantes que figuren en el listado de excluidos por la causa número 34 o por la causa número 35, podrán subsanar su exclusión, en el plazo establecido en esta Resolución, de la siguiente forma:

— Aspirantes excluidos por la causa número 34. “Defecto de forma en la presentación de la solicitud”.

Deberán presentar el impreso de subsanación (Solicitud de subsanación de errores y causas de exclusión en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros), en los términos indicados en el punto 2 de este apartado, al que adjuntarán una nueva solicitud de participación en el procedimiento selectivo.

Esta nueva solicitud tendrá que ser cumplimentada y presentada por medios electrónicos, a través de la Aplicación Docente de Oposiciones (ADO), siguiendo las instrucciones que se desarrollan en el Anexo IV de la Resolución de convocatoria, adjuntando la documentación que había aportado con la solicitud presentada de forma defectuosa y, en todo caso, la documentación referente a los requisitos de participación en el procedimiento.

— Aspirantes excluidos por la causa número 35. “No se recupera documentación aportada con la solicitud”:

Deberán presentar el impreso de subsanación (Solicitud de subsanación de errores y causas de exclusión en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros), en los términos indicados en el punto 2 de este apartado, al que adjuntarán la relación de la documentación aportada en el plazo de presentación de solicitudes con la solicitud de participación en el procedimiento selectivo, así como copia de los documentos que figuren en la misma. Solo se tendrá en cuenta la documentación que figure en dicha relación.

2. Presentación de las alegaciones:

La solicitud de subsanación deberá ser presentada de forma telemática, a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, tal como se indica en el punto 2 del Anexo IV de la convocatoria, en aplicación de lo establecido en el artículo 5 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid, del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid, considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “Personal + educación”, pestaña “Funcionarios Docentes”, “Tramitación electrónica”.

Se dirigirán al órgano de gestión correspondiente, en función de la distribución competencial señalada en el Anexo I de la Resolución de convocatoria, que se relaciona a continuación:

No se admitirá, en esta fase administrativa, la aportación de nueva documentación que no se haya presentado en tiempo y forma, en el plazo habilitado para ello, ni la modificación de la opción de la especialidad consignada en el apartado 1 de la solicitud de participación.

3. Plazo de presentación de solicitudes de subsanación.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.2 del Título I de la citada Resolución de 1 de febrero de 2022, los aspirantes excluidos, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de estas listas provisionales, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.

Los aspirantes que no figuren en la lista de admitidos ni en la de excluidos o aquellos que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, o los que, poseyendo la habilitación bilingüe, no figurasen en las citadas listas, podrán presentar solicitud de subsanación, manifestando tal circunstancia, en este mismo plazo.

Sexto

Resolución de las subsanaciones

Resueltas las subsanaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos dictará Resolución por la que se declararán aprobadas las listas definitivas de admitidos y excluidos, declarándose desestimadas las subsanaciones no recogidas en las mismas.

Estas listas se expondrán en los mismos términos y en las mismas condiciones citadas en el punto cuarto de esta Resolución.

Séptimo

Recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la exposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 29 de marzo de 2022.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/6.425/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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