Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
19-10-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221019-31

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

31
DECRETO 110/2022, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid la iglesia parroquial de la Purísima Concepción en Bustarviejo (Madrid).

Con base en el informe emitido por los servicios técnicos del Área de Catalogación de Bienes Culturales; de conformidad con lo establecido en los artículos 2.3, 10 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; visto que la iglesia parroquial de la Purísima Concepción en Bustarviejo (Madrid), constituye un notable ejemplo de templo rural que conserva un interesante ábside románico inercial del siglo XIV, así como restos de pintura mural de temática bélica, realizada a mediados del siglo XIV o principios del XV en estilo gótico lineal; la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 11 de abril de 2022, incoa expediente de declaración como Bien de Interés Patrimonial de dicho inmueble.

En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes; al Ayuntamiento de Bustarviejo, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes, y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Igualmente se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (26 de abril de 2022), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Bustarviejo y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cuantas personas tengan interés puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, donde queda inscrito preventivamente con el código RBIP-2022-000001.

En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en los artículos 2.3, 4.1, 7.1, 7.2, 7.3, 10, 11 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el 3 de mayo de 2022, muestra su conformidad, por unanimidad de sus miembros, con la resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 11 de abril de 2022, por la que se incoa expediente para la declaración como Bien de Interés Patrimonial de la iglesia parroquial de la Purísima Concepción en Bustarviejo (Madrid).

El Pleno de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, en su sesión celebrada el 27 de junio de 2022, aprobó el informe, elaborado por la Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la citada Academia, por el que se acuerda proponer el apoyo a la incoación de expediente de declaración de Bien de Interés Patrimonial de la iglesia de la Purísima Concepción de Bustarviejo (Madrid).

Se recibe un escrito de alegaciones durante el proceso de instrucción que es estudiado, informado, incorporado al expediente y contestado; procediéndose, a tenor de sus conclusiones, a reiterar la propuesta técnica inicial.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 de Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, el Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación en su reunión del día 11 de octubre de 2022,

DISPONE

Primero

Declarar Bien de Interés Patrimonial la iglesia parroquial de la Purísima Concepción en Bustarviejo (Madrid).

Segundo

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, de la que se librará oportuna certificación al Ministerio de Cultura y Deporte.

Tercero

El presente Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de octubre de 2022.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

ANEXO

“A) Descripción del bien objeto de la declaración

1. Identificación y localización del objeto de la declaración:

Bustarviejo se localiza en la Sierra Norte de la Comunidad de Madrid, asentado en las estribaciones del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en su vertiente meridional.

La iglesia parroquial de la Purísima Concepción se encuentra en la zona más elevada del casco antiguo, limitada por la calle Real, calle Federico Elvira, plaza de la Constitución y calle Mariano García Pérez. Su acceso principal se realiza por la fachada sur a través de un pórtico al que precede un jardín vallado en piedra.

El bien inmueble objeto de la declaración constituye un ámbito definido por la parcela catastral número 01 de la manzana catastral 03343 (referencia catastral 0334301VL4203S0001IP).

2. Contexto histórico:

Aunque la población debió surgir tras la repoblación de la zona entre los siglos XII y XIII, los primeros documentos que hacen referencia a la aldea de Bustarviejo están fechados en 1297. En una avenencia se enumeran una serie de tierras que compartían con los vecinos de Canencia, ambas dependientes de la ciudad de Segovia. Posteriormente, aparece citado en el Libro de la Montería de Alfonso XI (1350), donde se mencionan varias casas, que serían alquerías dispersas por el campo.

La iglesia de la aldea fue erigida sobre un cerrillo junto al camino real, coincidente en ese tramo con la Cañada Real Segoviana.

Entre los siglos XV y XVI Bustarviejo, que formaba parte del Sexmo de Lozoya, perteneciente a la Comunidad de Villa y Tierra de Segovia, poseía la condición de relengo, lo que le libraba de ciertas servidumbres que pesaban sobre los pueblos vecinos, sometidos al poder de señores laicos o eclesiásticos (la familia Mendoza y el arzobispado de Toledo).

Bustarviejo se convirtió ya desde el siglo XV en un polo de atracción para los pobladores de sus alrededores, lo que explicaría que en el siglo XVI se demoliese el cuerpo de la iglesia medieval y se levantara un cuerpo de naves mayor. En este siglo ya se había convertido en uno de los pueblos más pujantes de este sector de la sierra del Guadarrama, contando en 1591 con 1.650 habitantes.

Esta situación de prosperidad continuó durante el siglo XVII. En 1626 se otorgó a Bustarviejo la exención perpetua de la Jurisdicción de Segovia, y en 1650 un Privilegio Real firmado por Felipe IV confirmó su independencia, alcanzando la categoría de villa. Durante este siglo se construyeron las ermitas de la Soledad, del Cristo de la Peña y un Vía Crucis, y se llevaron a cabo importantes reformas en la iglesia parroquial.

Durante la primera mitad del siglo XVIII, el Concejo decidió trasladar su sede a las inmediaciones de la iglesia, construyendo el nuevo Ayuntamiento a partir de 1770, y acondicionando el espacio entre ambos edificios para celebrar festejos taurinos. El Catastro del Marqués de la Ensenada (1752) describe la villa con 1.630 habitantes y cierta bonanza, y en el Censo de Floridablanca (1787) aparece como un municipio importante y con una gran población.

Según el diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico de España, de Pascual Madoz, a mediados del siglo XIX Bustarviejo era el pueblo más rico de la Sierra Norte, superando a Torrelaguna y Buitrago. En este siglo se realizó la última gran transformación de la iglesia.

Después, la Revolución de 1868 y la Guerra Civil de 1936 marcaron períodos de decadencia, repercutiendo de forma muy notable en la villa.

3. Descripción del bien inmueble:

La actual iglesia es el resultado de añadidos, modificaciones e intervenciones que se han sucedido a lo largo del tiempo, como consecuencia de los distintos acontecimientos y necesidades sociales que se iban produciendo. Se compone de una cabecera de época medieval con reformas de los siglos XVII y XIX, formada por un ábside semicircular precedido por un tramo recto, cubiertos con armadura de madera; un cuerpo formado por tres naves separadas por arcos de medio punto sobre pilares cuadrangulares del siglo XVI, cubiertas con techumbre de madera del siglo XIX; las naves laterales rematan en sendas capillas levantadas durante el siglo XVI; en la nave lateral norte se conservan restos de pintura mural datados hacia 1400 o 1450; una sacristía adosada a la cabecera en su lado sur del siglo XIX; una torre situada a los pies del templo fechable hacia finales del siglo XV o principios del XVI; un pórtico adosado a la fachada sur, de principios del siglo XVII; un muro de mampostería que delimita gran parte del templo formando un compás ajardinado.

Exteriormente, la iglesia está construida con fábrica de mampostería en su totalidad, con refuerzo de sillares en las esquinas en la torre y fachada occidental. El muro norte se refuerza con cinco contrafuertes correspondientes a distintas etapas constructivas, dando lugar a cinco lienzos de muro con ligeras diferencias en su fábrica.

En el muro sur se encuentra la portada de ingreso al templo, formada por un arco de medio punto, que descansa directamente sobre las jambas. A ambos lados se abren sendos vanos adintelados; interiormente están formados por arcos de medio punto de ladrillo de mayor tamaño, posiblemente construidos durante las reformas del siglo XIX. Junto a esta fachada se adosa un pórtico sobre columnas, levantado a principios del siglo XVII, aunque se conservan restos de los apoyos de un pórtico anterior situado a una altura inferior al actual.

El muro occidental de las naves laterales se adosa al paramento oeste de la torre formando un muro continuo, en el que se observan las esquinas de sillería de la torre cuando estaba exenta. En el centro de la fachada se encuentra lo que fue la portada de ingreso principal, actualmente cegada, formada por un sencillo arco de medio punto de granito.

Los trabajos arqueológicos efectuados en la iglesia han permitido conocer la existencia de un cementerio de época moderna y contemporánea, que se extendía por casi todo el edificio. Situado bajo este, en la zona nororiental del actual templo, apareció una necrópolis rupestre de época medieval, con fosas excavadas en roca que por su tipología puede datarse en los siglos XII, XIII y XIV, y que estaría situada en el exterior de una primitiva iglesia, de la que se han descubierto dos tramos de muros bajo la capilla de la nave norte.

La capilla mayor se compone de un ábside semicircular interior y exteriormente. Interiormente está realizado con fábrica de mampostería enjalbegada, en la que se abre un vano adintelado central con restos de pintura mural y una saetera. Por encima de los vanos corre una viga de madera continua que recorre toda la cabecera, que parece tratarse del apoyo de la primitiva cubierta medieval. Actualmente se cubre con una techumbre de madera del siglo XIX.

En el presbiterio, bajo los arcos que comunican con las capillas laterales, las excavaciones han detectado dos tramos de muro de mampostería que traban con los cimientos del ábside y configuran el trazado de la planta del presbiterio. Estas estructuras, ábside y tramo recto, responden a un edificio de tipología románica, sin que se pueda determinar con precisión su cronología. Considerando la existencia de restos de pinturas murales aparecidas en el tramo más oriental del muro de la nave lateral norte, fechadas hacia 1400 o 1450, esta datación permite situar la construcción de la cabecera durante el siglo XIV, manteniéndose hasta entonces la primitiva iglesia asociada al cementerio medieval.

Esta tipología responde a unos planteamientos estilísticos propios de un románico inercial retardatario, que continuó repitiendo los mismos modelos en fechas avanzadas prolongándose hasta el siglo XIV e incluso XV, fundamentalmente en el ámbito rural, como las cercanas iglesias de Prádena del Rincón, Venturada o Torremocha.

A esta misma fase medieval parece corresponder la parte inferior de la torre, ubicada a los pies del templo. En las excavaciones se encontró un muro que formaría parte de la fachada occidental de la iglesia, por lo que en origen la torre sería exenta, pudiendo cumplir labores de vigilancia o defensa.

Después, la torre se modificó con dos cuerpos elevados sobre el nivel de cumbrera de las naves, pudiendo datarse por sus características hacia finales del siglo XV o principios del XVI. En el último cuerpo, el de campanas, se abren dos vanos en arco de medio punto por cada fachada; remata en una cornisa ornamentada con bolas de granito, características de este período, y se cubre con una armadura de madera que reproduce fielmente la que fue destruida en 1993.

El cuerpo de la iglesia se compone de tres naves, la central más ancha y alta que las laterales, separadas por tres arcos de medio punto de gran luz, que descansan directamente sobre pilares cuadrangulares del mismo material, sin capiteles ni basas.

La nave central se cubre con una techumbre de madera de par e hilera con tirantes, sin decoración, que corresponde a la armadura que soportaba la cubierta de tejas y que se dejó vista en la última restauración. Las naves laterales se cubren con techumbre de colgadizo sobre arcos diafragma de ladrillo que apoyan sobre pilastras de escaso resalte adosadas a los muros o embutidas en ellos.

Según los análisis de paramentos, parece que durante el siglo XVI se llevaron a cabo importantes reformas en la iglesia y, como muchos de los templos medievales de la región durante este siglo, se decidió ampliar el cuerpo de naves. Se levantó la nave sur y se reconstruyó la mitad occidental del muro norte, para lo cual se produjo la demolición de los muros interiores de la primitiva nave, conservando el ábside medieval. Por tanto, a este período corresponderían los muros perimetrales y los pilares de apoyo de las arquerías que separan las naves.

En este siglo se construyeron también las capillas que se adosan a la cabecera y rematan las dos naves laterales, aunque realizadas en dos momentos distintos. La capilla norte fue la primera en construirse. En este momento se abrieron los muros del presbiterio para comunicar con las capillas laterales mediante dos arcos. El que comunica con la capilla norte es de medio punto levemente rebajado, construido con dovelas de granito y de perfil en forma de gola invertida. Las mismas características, propias del primer tercio del siglo XVI, presenta el arco que comunica con la nave lateral. El arco que comunica con la capilla situada al sur, que se abriría cuando se levantara la citada capilla, muestra una tipología diferente. Más tarde, aunque también durante el siglo XVI, se amplió el cuerpo de naves hacia el oeste, realizando una nueva fachada e integrando la torre en el edificio, como se puede observar por las huellas en las fábricas exteriores.

Ya en el siglo XVII, entre 1600 y 1617, se incorporó a la fachada sur del cuerpo de naves un nuevo pórtico, que fue costeado por los feligreses. Unos años más tarde, hacia 1650, el Maestro Mayor de la catedral de Toledo, Felipe Lázaro de Goiti (h.1600-1653), arquitecto de notorio prestigio en relación con las obras reales, redacta las condiciones para una importante intervención en el edificio. Un protocolo notarial fechado el 28 de marzo de 1650 expone las obras necesarias.

Esta información, junto con los estudios arqueológicos, inducen a pensar que es en este momento cuando se intervino en el ábside añadiendo una hoja de refuerzo exterior de mampostería en ligero talud, y abriendo nuevos vanos.

Durante el siglo XIX, debido al estado de deterioro que presentaba la iglesia se llevó a cabo una importante intervención. En la planimetría de 1855 se puede observar junto al ábside en su lado sur una estancia cuadrangular, quizá como sacristía o capilla (actualmente del Santísimo). En algún momento de este siglo, sin que se pueda determinar con exactitud, debió de producirse algún derrumbe en la cabecera, lo que supuso la construcción de un nuevo arco de ingreso al presbiterio. Es posible que esta obra fuese lo que dio lugar a un recrecido de la cabecera, como se puede apreciar en su fábrica exterior. También se construyó una nueva techumbre de madera, adaptada a la forma semicircular del ábside.

Unos años más tarde, en el plano ejecutado por Miguel Sánchez en 1879, se observa que se han producido algunas modificaciones, como la incorporación de dos contrafuertes en la fachada norte y la construcción de nuevos arcos de ladrillo en las naves laterales.

Un informe redactado en 1885 declara que el estado de conservación de la iglesia es bueno en ese momento.

La parte de los restos de pintura mural que se localizan en el muro norte se puede considerar como uno de los elementos más destacados de la iglesia, en cuanto a su valor artístico e histórico. Aunque muy perdida, puede identificarse una escena bélica sin que se pueda interpretar con mayor precisión, debido a los escasos restos conservados. Las pinturas han sido estudiadas por investigadores especializados que las sitúan unos a mediados del siglo XIV otros hacia 1400. No obstante, constituyen el único ejemplo de pintura mural de tema militar y época medieval que se conserva en la Comunidad de Madrid, y uno de los escasos ejemplos en Castilla.

En la escena se puede reconocer un capelo cardenalicio y una cruz de la Orden Militar de Calatrava, que pudieran ser llevados por un personaje eclesiástico actualmente desparecido. Tras el capelo se conservan restos de una inscripción que hace referencia al comitente “m(an)do fazer … el moço”, por tanto, con una intención conmemorativa del hecho en el que el personaje participa.

Junto a esta representación, se observan restos de figuras ataviadas con indumentaria militar, sobre un fondo donde se puede ver un recinto amurallado, lo que podría figurar un combate. Los personajes llevan lóriga de mallas reforzada con placas de escamas articuladas, calzas de malla, botas y casco cónico, indumentaria característica del siglo XV. Los escudos que portan, denominados adargas, son de origen musulmán, aunque fueron adoptados por los cristianos desde el siglo XIV. Algunos autores han relacionado la escena con la campaña de Alfonso XI frente al rey de Granada que culminó con la toma de Algeciras en 1344, por lo que quizás el comitente fuese algún personaje que intervino en ella. Para otros, la escena podría interpretarse como la plasmación de la constante reivindicación del arzobispo de Toledo por conseguir este territorio de la Tierra de Segovia, que los segovianos defendieron frente a las tropas toledanas.

4. Enumeración de partes integrantes y pertenencias:

El bien objeto de declaración es la iglesia con cabecera semicircular y cubierta de madera, cuerpo de naves con su cubierta de madera, tres capillas junto al ábside en sus lados norte y sur, torre campanario a los pies del templo, portada sur, así como el pórtico situado en la fachada sur. Igualmente son partes integrantes los restos de pintura mural que cubren parte del muro norte y el intradós del vano de la cabecera, así como la necrópolis medieval y de edad moderna bajo suelo.

Son pertenencias del inmueble la pila bautismal del siglo XVI, la pila de agua bendita del siglo XVIII, el cancel con sus herrajes completos de los siglos XVII o XVIII, la puerta de madera chapada con sus herrajes completos del siglo XVII o XVIII.

Asimismo, se considera pertenencia un relieve con la cruz de Calatrava que se encuentra en la cerca que bordea la zona sur de la iglesia.

5. Enumeración de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico que constituyan parte esencial de su historia:

Se consideran bienes muebles que constituyen parte esencial de su historia un cáliz limosnero fechado en 1864, donación de la reina Isabel II; un cantoral del siglo XVI impreso en Toledo; y el conjunto de dos dalmáticas y tres casullas del siglo XVIII.

B) Valores que justifican la declaración del bien

La iglesia de la Purísima Concepción constituye un interesante ejemplo de una construcción rural que se ha ido conformando desde la Edad Media hasta el siglo XX.

El resultado de las actuaciones arqueológicas, el análisis del edificio y la documentación existente han dado como resultado el conocimiento de una construcción rural producto de añadidos y modificaciones, de difícil interpretación, efectuadas en distintos períodos históricos. El inmueble destaca por su extrema sobriedad constructiva, con una ausencia casi total de molduración en los elementos estructurales, y de motivos decorativos.

La torre, donde se reúne una mayor ornamentación, y la pintura mural que decoraba parte del muro norte, constituyen elementos que se apartan de la sobriedad descrita anteriormente.

La iglesia en su conjunto tiene un gran interés desde un punto de vista histórico y cultural, como reflejo de la evolución de la población a lo largo de la historia.

Los fragmentos de pintura mural localizados en el muro norte de la iglesia, considerados de gran interés tanto por el tema bélico que representan, como por su antigüedad y estilo gótico lineal, constituyen el único ejemplo que se conserva en la Comunidad de Madrid, y uno de los escasos ejemplos en Castilla.

Las características del inmueble y estos fragmentos de pintura confieren a la iglesia una especial significación histórica y artística que justifica su declaración como Bien de Interés Patrimonial.

C) Delimitación del entorno afectado

El entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Patrimonial se fundamenta en proteger y favorecer al inmueble en su especial significación histórico y artística, velar por la adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de su puesta en valor, evitar la alteración o pérdida de los valores ambientales y paisajísticos asociados en su percepción de la iglesia, así como evitar perturbar las visualizaciones del bien objeto de la declaración.

La protección otorgada a esos inmuebles como consecuencia de su inclusión en el entorno de protección de la iglesia parroquial de La Purísima Concepción se refiere exclusivamente a su envolvente exterior, que es la que puede afectar a la percepción o comprensión cultural del edificio objeto del expediente.

1. Descripción literal:

1. Parcelas catastrales incluidas en el entorno:

— En la manzana 03359, parcelas número 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 28.

— En la manzana 03345, parcelas número 01, 06 y 07.

— En la manzana 03349, parcelas número 01, 02, 03, 04, 05, 07 y 09.

— En la manzana 02347, parcelas número 04 y 05.

— En la manzana 02349, parcelas número 03 y 04.

— En la manzana 02344, parcelas número 04, 05 y 06.

— En la manzana 02351, parcelas número 01 y 02.

— En la manzana 02359, parcelas número 03, 04, 05 y 15.

2. Espacios públicos incluidos en el entorno de protección:

— Calle Real el tramo comprendido desde el linde de las parcelas 18 y 19 de la manzana 03353 hasta el linde de las parcelas 01 y 02 de la manzana 03345, y el tramo desde el vértice con la calle Federico Elvira hasta el linde de las parcelas 05 y 07 de la manzana 02344.

— Calle Cuesta desde el vértice con la calle Real hasta el linde de las parcelas 05 y 06 de la manzana 03345.

— Calle Cuesta del Cantón desde el vértice con la calle Real hasta el vértice de la parcela 01 de la manzana 03348.

— Calle Cerrillo desde el vértice con la calle Real hasta el linde de las parcelas 04 y 05 de la manzana 02349.

— Calle Lechuga desde el vértice con la calle Real hasta el linde de las parcelas 02 y 03 de la manzana 02351.

— Calle de la Parra desde el vértice con la Plaza de la Constitución hasta el linde de las parcelas 05 y 06 de la manzana 02359.

— Plaza de la Constitución.

— Calle Feria desde el vértice de la Plaza de la Constitución hasta el linde de las parcelas 03 y 16 de la manzana 02359.

Justificación del entorno de protección:

La iglesia de la Purísima Concepción está situada en un ámbito elevado, sobresaliendo respecto a las edificaciones circundantes, y rodada por espacios públicos como la plaza de la Constitución y el edificio del Ayuntamiento, fechado en el siglo XVIII.

El entorno de la iglesia comprende las parcelas vinculadas directamente al inmueble por constituir el entorno visual, cultural y ambiental en el que cualquier intervención que se realice puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien y perturbar sus valores que motivan su declaración como Bien de Interés Patrimonial. Se ha teniendo en cuenta, por tanto, la ubicación de las parcelas desde las cuales se proyecta una línea visual hacia la iglesia, y aquellas en las que una modificación de su volumen pudiera alterar las condiciones ambientales y urbanísticas y perturbar la percepción del bien.

3. Descripción gráfica del bien y del entorno: En F) se adjunta plano.

D) Compatibilidad del uso con la correcta conservación del bien

El uso del bien continúa siendo el religioso, destinado al culto, y por tanto es perfectamente compatible con su conservación.

E) Estado de conservación del bien y criterios de intervención

La iglesia parroquial de la Purísima Concepción presenta en la actualidad un estado de conservación bueno, tras haberse realizado una recuperación integral, rehabilitación y acondicionamiento durante los años 2007 a 2009.

En primer lugar, se procedió a demoler las fábricas añadidas. Después se intervino en las cubiertas, demoliendo las actuales y conservando la armadura original de la nave, previa restauración de sus componentes dañados. También se recuperó y restauró la techumbre de la capilla mayor, oculta por un falso techo. Los paramentos exteriores se trataron mediante saneado y posterior rejuntado de tipo atalochado, chapado de contrafuertes existentes en el costado norte y restauración de carpinterías y cerrajerías.

En el interior del edificio se demolió el coro y su escalera de acceso y se realizó otro nuevo metálico en negro; se demolió el solado y se repuso con otro nuevo de losas de granito sobre suelo radiante; después se procedió al picado, guarnecido y enlucido de paramentos interiores y acabado final; se redefinieron los huecos existentes; se restauraron carpinterías y cerrajerías; y finalmente se aplicó un tratamiento antihumedad. Se instaló asimismo un nuevo sistema eléctrico y de iluminación, una caldera para alimentar el suelo radiante, agua, megafonía y toque de campanas.

Durante la intervención en los paramentos interiores se descubrieron restos de pintura mural en el sector oriental del muro norte y en la embocadura interior de la ventana abierta en el ábside, que fueron convenientemente restauradas.

Durante los trabajos arqueológicos llevados a cabo durante el año 2008, se halló una necrópolis medieval anterior a la construcción del templo actual, y trazas del primer edificio.

Los criterios de intervención sobre el conjunto arquitectónico objeto de la declaración en un futuro irán orientados a preservar los valores que motivan la declaración del inmueble como Bien de Interés Patrimonial. En cualquier caso, las posibles actuaciones que se realicen en el edificio y en su entorno deben regirse por los criterios de intervención establecidos en el artículo 20 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

Además de lo expuesto, será objeto de especial atención cualquier actuación urbanística en los espacios libres y vías públicas que forman parte del entorno del bien, así como cualquier implantación de mobiliario urbano que pudiera alterar la percepción de la iglesia.

F) Plano de delimitación del bien y del entorno de protección

Se adjunta plano”.

(03/19.744/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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