Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2022

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221108-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

16
ACUERDO de 2 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, al objeto de establecer una exención en la cuantía del precio público aplicable a los servicios del Plan Alquila de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

El texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, establece en su título III las disposiciones aplicables a los precios públicos y regula los procedimientos y requisitos para el establecimiento de los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante dicha contraprestación y para la fijación o modificación de sus cuantías.

En concreto, el artículo 27 de dicho texto dispone que el Catálogo de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos se establecerá por Acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta y con base en la solicitud de la Consejería que los preste, y “previo informe favorable de la Consejería de Hacienda”, que valorará la procedencia de la propuesta.

Asimismo, el artículo 28 de este mismo texto normativo dispone que cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, podrán fijarse precios públicos que resulten inferiores a los costes económicos originados por la realización de actividades o la prestación de los servicios, cuya aprobación deberá realizarse mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno.

En este sentido, el Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, tras su modificación por el precio correspondiente a los servicios prestados por el Plan Alquila de la Comunidad de Madrid.

El Plan Alquila se concibe como un servicio de gestión profesionalizada del alquiler para la intermediación entre propietarios e inquilinos, mediante el que se trata de promover el alquiler y el incremento de la oferta de parque de vivienda en arrendamiento.

Respecto a las garantías ofrecidas en el marco del citado Plan como medidas de fomento al alquiler están las dirigidas a proporcionar una mayor seguridad jurídica a arrendadores y arrendatarios en los contratos de arrendamiento de vivienda, entre las que destaca la prevista en el artículo 4.c) de la Orden 1/2008, de 15 de enero, de la Consejería de Vivienda, por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler de viviendas en la Comunidad de Madrid, relativa a la posibilidad de que, durante el primer año de contrato, los arrendadores puedan contratar un seguro de impago que garantice el cobro de las rentas, con un límite de 1.200 euros mensuales, incluida la contratación de una cobertura de asistencia jurídica, en caso de tener que acudir a procedimientos judiciales de desahucio.

En la actualidad el alquiler se constituye como una opción especialmente adecuada para facilitar el primer acceso a la vivienda a los jóvenes, por lo que, con el fin de facilitar la ampliación de la oferta de viviendas disponibles en alquiler y, simultáneamente, generar una bolsa de vivienda de alquiler a precios asequibles, se propone incluir una exención del abono del precio público por los servicios del Plan Alquila para los propietarios que arrienden una vivienda a una persona menor de 35 años.

En virtud de cuanto antecede, de conformidad con los artículos 27, 28 y 29 del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 2 de noviembre de 2022,

ACUERDA

Primero

Modificar el epígrafe D 04.1 del apartado D) del Anexo I del Catálogo de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, que pasa a tener la siguiente denominación y contenido:

“D 04. Servicios del Plan Alquila”.

D 04.1. Gestiones que culminen con la firma de contrato de arrendamiento de los inmuebles incorporados por sus propietarios al Programa del Plan de Dinamización del Alquiler de Viviendas Plan Alquila y gestiones para su posterior seguimiento.

Quedan exonerados del pago del precio público por servicios del Plan Alquila los propietarios que arrienden la vivienda a personas menores de 35 año.

Segundo

Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de vivienda, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda, para dictar las normas relativas a la gestión, liquidación y recaudación del precio público a que se refiere el presente Acuerdo.

Tercero

El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 2 de noviembre de 2022.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/21.453/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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