Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
14-04-2023

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230414-24

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

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ACUERDO de 23 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se declara urgente la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé, número 30, afectado por el procedimiento de expropiación forzosa instruido por el Ayuntamiento de Villalbilla (Madrid), por incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución de obras de conservación, así como por incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los bienes de interés cultural.

Con fecha 29 de noviembre de 2022 y NRE 30-001356-9, tuvo entrada en la Dirección General de Reequilibrio Territorial, escrito del Ayuntamiento de Villalbilla, poniendo en conocimiento que “mediante Acuerdo adoptado por el Pleno municipal, en sesión celebrada el 16 de septiembre de 2022, se ha iniciado expediente de expropiación forzosa, por procedimiento de urgencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa (LEF), para la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé, número 30. Referencia catastral: 4860004VK7746S0001TI, por el incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución de obras de conservación [artículo 138.1.c).4.o y artículo 170. 2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio], así como el incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural (artículo 21 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid), ambos incumplimientos causa de interés social para su expropiación forzosa”.

Con fecha 30 de noviembre de 2022, se dio traslado del expediente a la Dirección General del Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

Según consta en la documentación que constituye el expediente administrativo, mediante Resolución de la Alcaldía número 236/2022, de 18 de marzo de 2022, se resolvió declarar la ruina inminente urbanística total de la edificación referenciada propiedad de Promociones y Edificaciones Maqueda Cuellar, S. C., con objeto de su demolición y sustitución por edificación municipal, tras expropiación mediante nuevo proyecto, con aprobación de la Dirección General de Patrimonio.

Mediante la misma Resolución de Alcaldía en base al informe emitido por el Arquitecto Municipal con fecha 17 de marzo de 2022, se acuerda declarar el incumplimiento del deber de conservación de dicha edificación, dada la ausencia de mantenimiento con la debida diligencia a cargo de la propiedad del deber de conservación puesta de manifiesto, y no habiendo concurrido fuerza mayor, hecho fortuito o culpa de tercero, de acuerdo con el artículo 171.3.a) y b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, declarando, igualmente, el incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural, visto asimismo, el Informe preceptivo y determinante emitido por la Subdirección General de Patrimonio Histórico, Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de 8 de febrero de 2022.

Visto, asimismo, el Informe número 209/2022, emitido por el Arquitecto municipal en fecha 6 de septiembre de 2022, mediante el que se pronuncia sobre la necesidad de ocupación y valoración del bien, el Pleno Municipal, en sesión celebrada el 16 de septiembre de 2022, acordó el inicio de expropiación del inmueble situado en calle Antonio Canella Peirolé, número 30, en el municipio de Villalbilla, por incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución de obras de conservación, así como por incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural.

Asimismo, en dicho Acuerdo se aprobó la determinación concreta, individualizada y valorada del bien a ocupar necesariamente a los efectos de la expropiación forzosa y proceder a su publicación en la forma a que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, abriendo información pública durante un plazo de quince días en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sede electrónica de este Ayuntamiento, tablón de anuncios y en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia, con notificación personal a la entidad titular.

La descripción del inmueble es: Edificio construido, según catastro, el año 1942. El terreno de la parcela tiene una superficie de 209 m2, la construcción ocupa la totalidad de la parcela. La edificación tiene uso de vivienda en dos plantas y almacén en planta baja, la superficie construida de vivienda es de 154 m2 en planta baja y la misma en planta primera, el almacén adosado tiente una superficie construida de 55 m2, lo que supone un total de 363 m2. Se encuentra en el casco antiguo de Villalbilla, con ordenanza 1, grado 2.o, correspondiente al ámbito del límite del entorno BIC, de la Iglesia parroquial de la “Asunción de Nuestra Señora” sujeta a autorización y control de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

El trámite de información pública se efectuó mediante la inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 244, de 13 de octubre de 2022, en la sede electrónica, en el portal de transparencia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villalbilla desde el 13 de octubre hasta el 4 de noviembre de 2022, así como en el Diario 20 minutos el 19 de octubre de 2022, sometiéndose a exposición pública el inicio del expediente de expropiación forzosa referenciado para que en el plazo de quince días se pudieran formular alegaciones aportando cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores en la relación de propietarios y bienes afectados.

Asimismo, con fecha 21 de septiembre de 2022 se notificó dicho Acuerdo a la entidad titular, Promociones y Edificaciones Maqueda Cuellar SC. Durante dicho plazo, finalizado el 4 de noviembre de 2022 la entidad formuló escritos de alegaciones de fechas 13 de octubre de 2022 y 4 de noviembre de 2022, respectivamente.

Examinadas las alegaciones presentadas se propone estimarlas parcialmente modificando el informe técnico emitido por el Arquitecto Municipal con fecha 28 de noviembre de 2022, notificándose al titular con fecha 15 de diciembre de 2022.

Con fecha 21 de diciembre de 2022 se remite escrito por esta Dirección General de Reequilibrio Territorial, a la Dirección General del Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, solicitando informe previo a su elevación a la Comisión de Urbanismo, relativo al expediente tramitado por el Ayuntamiento de Villalbilla, en el que se solicita la declaración de urgencia de la “Expropiación forzosa para la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé número 30, en el municipio de Villalbilla”, por el incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución de obras de conservación [Artículo 138.1.c) 4.a y artículo 170.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio], así como el incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de Bienes de Interés Cultural (artículo 21 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid).

Con fecha 20 de enero de 2023, se emitió informe-propuesta por la Dirección General del Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en los siguientes términos:

«Primero.—Informar favorablemente, a los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, con carácter previo a su elevación al Consejo de Gobierno, el expediente remitido por la Consejería de Administración Local y Digitalización a instancia del Ayuntamiento de Villalbilla, relativo a la Declaración de Urgencia del expediente de expropiación “Expropiación forzosa para la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé número 30, en el municipio de Villalbilla.

Segundo.—Remitir el expediente de referencia junto con el informe favorable, en su caso, de la Comisión de Urbanismo, a la Consejería de Administración Local y Digitalización para que, previos los trámites que sean procedentes, se proceda por la misma a su elevación al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid con el fin de que, si ello fuera pertinente, se adopte acuerdo relativo a la expresada declaración de urgencia, conforme al artículo 6.10 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad de Madrid».

En virtud del contenido del informe propuesta emitido el 20 de enero de 2023 por la Dirección General del Suelo relativo a la declaración de urgencia del expediente de expropiación «Expropiación forzosa para la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé número 30, en el municipio de Villalbilla», y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad de Madrid, la Comisión de Urbanismo de Madrid en su sesión de 31 de enero de 2023, adoptó el Acuerdo número 10/2023, de 31 de enero, en los siguientes términos:

«Primero.—Informar favorablemente, a los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, con carácter previo a su elevación al Consejo de Gobierno, el expediente remitido por la Consejería de Administración Local y Digitalización a instancia del Ayuntamiento de Villalbilla, relativo a la Declaración de Urgencia del expediente de expropiación “Expropiación forzosa para la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé, número 30, en el municipio de Villalbilla”.

Segundo.—Remitir el expediente de referencia junto con el informe favorable, en su caso, de la Comisión de Urbanismo, a la Consejería de Administración Local y Digitalización para que, previos los trámites que sean procedentes, se proceda por la misma a su elevación al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid con el fin de que, si ello fuera pertinente, se adopte acuerdo relativo a la expresada declaración de urgencia, conforme al artículo 6.10 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad de Madrid».

Asimismo, con fecha 9 de febrero de 2023, se emitió Informe favorable por la Dirección General de Reequilibrio Territorial en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Dirección General en el artículo 6.2.v) “La tramitación de la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por expropiaciones forzosas en expedientes instruidos por entidades locales” del Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización, en relación con lo dispuesto en el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Por todo ello, en aplicación del artículo 2, en relación con el apartado B.5.7, del Anexo I del Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, y el artículo 6.10 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Ayuntamiento interesado, corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid acordar la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y a los efectos de los artículos 20 de la LEF y 19 de su Reglamento de ejecución aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

Con este Acuerdo se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados.

En consecuencia, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Administración Local y Digitalización, previa deliberación en su reunión de 23 de febrero de 2023,

ACUERDA

Primero

Declarar urgente la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé, número 30, afectado por el procedimiento de expropiación forzosa instruido por el Ayuntamiento de Villalbilla (Madrid) por incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución de obras de conservación, así como por incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural.

Segundo

Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Villalbilla, que deberá notificarlo a los interesados.

Tercero

Este acuerdo se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se acuerda en Madrid, a 23 de febrero de 2023.

El Consejero de Administración Local y Digitalización, CARLOS IZQUIERDO TORRES

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/5.930/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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