Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2023

Sección 1.1.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230519-3

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

3
ACUERDO de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se procede a la rectificación de errores materiales, a instancia del Ayuntamiento de Valdeavero y del Ayuntamiento de Loeches, del acuerdo del Consejo de Gobierno, de 20 de octubre de 2021, por el que se aprueba el Plan de Actuación del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026.

ANTECEDENTES DE HECHO

Por el Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, de Consejo de Gobierno, se aprueba el “Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025”, con una dotación de 1.000.000.000 de euros (PIR 2021-2025). En virtud del Decreto 211/2021, de 15 de septiembre, se amplía la vigencia del citado programa que pasa a ser 2022-2026.

El Pleno del Ayuntamiento de Loeches, en sesión ordinaria, celebrada el 23 de septiembre de 2021, acuerda solicitar al amparo del Decreto 211/2021, de 15 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, que la gestión de las actuaciones de inversión incluidas en el Plan Regional de Inversiones 2021-2025, sea de la Comunidad de Madrid.

El Pleno del Ayuntamiento de Valdeavero, en sesión ordinaria, celebrada el 28 de septiembre de 2021, acuerda solicitar la gestión por la Comunidad de Madrid de las actuaciones de inversión que supongan el 75 por 100 de la asignación inicial que corresponda al municipio de Valdeavero (Madrid) del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025, habida cuenta de la escasez de medios de este Ayuntamiento.

Por Acuerdo de 20 de octubre de 2021, del Consejo de Gobierno, se aprueba el Plan de Actuación del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 252, de 22 de octubre de 2021).

Con fecha 25 de octubre de 2021, el Ayuntamiento de Valdeavero presenta recurso potestativo de reposición al advertir error en el Anexo I del Acuerdo de 20 de octubre de 2021, del Consejo de Gobierno, al establecer como ente gestor de las actuaciones de inversión al Ayuntamiento, en vez de indicar como ente gestor la Comunidad de Madrid tal como fue acordado por el Pleno del Ayuntamiento.

Este recurso es calificado para su tramitación como una petición de rectificación de error material, de conformidad con el artículo 115.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con fecha 12 de mayo de 2022, el Ayuntamiento de Loeches presenta escrito al apreciar error material en el Anexo I del Acuerdo de 20 de octubre de 2021, del Consejo de Gobierno, figurando como ente gestor de las inversiones el Ayuntamiento cuando se solicitó que la gestión fuera por parte de la Comunidad de Madrid y pide se subsane dicho error, en aplicación del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para la rectificación de errores materiales corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.5 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 17.1 del Decreto 210/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo de Gobierno y de sus Comisiones.

Segundo

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”.

Los escritos del Ayuntamiento de Valdeavero y del Ayuntamiento de Loeches tienen una identidad sustancial a efectos de tramitación y resolución, de conformidad con el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Los citados Ayuntamientos, en aplicación del artículo 6 del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, solicitaron, en tiempo y forma, que las actuaciones de inversión a realizar en sus municipios fueran gestionadas por la Comunidad de Madrid, según queda acreditado en las correspondientes certificaciones de los acuerdos adoptados por los Plenos de cada Corporación, el Ayuntamiento de Loeches en la sesión ordinaria de 23 de septiembre de 2021, y el Ayuntamiento de Valdeavero, en la sesión ordinaria de 28 de septiembre de 2021. A pesar de ello, con fecha 20 de octubre de 2021, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, aprueba el Plan de Actuación del Programa Regional de Inversión para el período 2022-2026, estableciendo en el Anexo I que el ente gestor, en cada municipio, fuera el Ayuntamiento.

Por ello, procede rectificar los errores materiales del Anexo I del Acuerdo de 20 de octubre de 2021, del Consejo de Gobierno, en cuanto al ente gestor de las inversiones del Ayuntamiento de Valdeavero y del Ayuntamiento del Loeches, y donde dice ente gestor “AYTO”, debe decir ente gestor “CM”.

En consecuencia, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Administración Local y Digitalización, previa deliberación en su reunión del día 10 de mayo de 2023,

ACUERDA

Primero

Rectificación de errores materiales

Se procede a la rectificación, a instancia del Ayuntamiento de Valdeavero y del Ayuntamiento de Loeches, de los errores materiales contenidos en el Anexo I del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 20 de octubre de 2021, por el que se aprueba el Plan de Actuación del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026.

Segundo

Eficacia

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, produciendo efectos desde el mismo día en que dio comienzo la eficacia del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 20 de octubre de 2021, por el que se aprueba el Plan de Actuación del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026.

Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 10 de mayo de 2023.

El Consejero de Administración Local y Digitalización, CARLOS IZQUIERDO TORRES

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/8.098/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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