Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
06-04-2026

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260406-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Precio público

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 23 de enero de 2025, aprobó los siguientes precios públicos correspondientes a los festejos taurinos a celebrar durante las fiestas de San José de las Matas de 2025: novillada picada: 10,00 euros; novillada sin picar: 7,00 euros; recortes: 5,00 euros; abonos: 15,00 euros por los 3 festejos. Dichos precios públicos permanecerán vigentes hasta tanto no se proceda a la modificación de los mismos.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo no obstante interponer contra el mismo recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la forma y bajo las condiciones prescritas en el artículo 14 del Real Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los interesados interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Las Rozas de Madrid, a 29 de enero de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda y Fiestas, Enrique González Gutiérrez.

(02/1.434/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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