Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2010

Sección 1.1.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0046

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A) Disposiciones Generales

Consejería de Educación

226 Corrección de errores del Acuerdo de 23 de diciembre de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el catálogo de precios públicos de la Comunidad de Madrid y se determinan las cuantías de los precios públicos por servicios y actividades de la Consejería de Educación.

Advertido error material en el Acuerdo de 23 de diciembre de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el catálogo de precios públicos de la Comunidad de Madrid y se determinan las cuantías de los precios públicos por servicios y actividades de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6, de 8 de enero de 2010), se procede a su corrección.

Debido a la omisión de los epígrafes correspondientes a los servicios y actividades que pueden ser retribuidos mediante precios, se corrige el listado contenido en el apartado primero del Acuerdo mediante la inclusión de dichos epígrafes, quedando redactado de la siguiente forma:

“I)  Consejería de Educación

Servicios y actividades que pueden ser retribuidos mediante precios públicos, epígrafes genéricos:

I 01.  Educación infantil:

I 01.1.  Escuelas infantiles:

I 01.1.01.  Escolaridad mensual.

I 01.1.02.  Prolongación de jornada, por cada media hora o fracción.

I 01.2.  Casas de niños-aulas infantiles:

I 01.2.01.  Escolaridad mensual.

I 02.  Enseñanzas de régimen especial:

I 02.1.  Servicios comunes:

I 02.1.01.  Prueba de acceso.

I 02.1.02.  Servicios administrativos por curso.

I 02.2.03. Apertura de expediente para alumnos de centros autorizados.

I 02.2.  Enseñanzas de música y de danza:

I 02.2.01. Enseñanzas elementales:

I 02.2.01.1. Matrícula por asignatura.

I 02.2.01.2. Matrícula por repetición de asignatura.

I 02.2.02. Enseñanzas profesionales:

I 02.2.02.1. Matrícula por asignatura de música.

I 02.2.02.2. Matrícula por curso de danza, por especialidad.

I 02.2.02.3. Matrícula por repetición de asignatura.

I 02.2.03. Enseñanzas superiores:

I 02.2.03.1. Matrícula por asignatura.

I 02.2.03.2. Matrícula por repetición de asignatura.

I 02.3.  Enseñanzas de arte dramático:

I 02.3.01.  Matrícula por asignatura.

I 02.3.02.  Matrícula por repetición de asignatura.

I 02.4.  Enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales:

I 02.4.01.  Matrícula por asignatura.

I 02.4.02.  Matrícula por repetición de asignatura.

I 02.5.  Estudios superiores de diseño:

I 02.5.01.  Matrícula por asignatura.

I 02.5.02.  Matrícula por repetición de asignatura.

I 02.5.03.  Proyecto final de carrera.

I 02.6.  Enseñanzas de idiomas:

I 02.6.01.  Prueba de clasificación, por idioma.

I 02.6.02.  Matrícula por curso de idioma.

I 02.6.03.  Matrícula por repetición de curso de idioma.

I 02.6.04.  Matrícula en curso de perfeccionamiento de destrezas, por hora.

I 02.6.05.  Matrícula en curso de perfeccionamiento de lenguaje específico de perfil profesional, por hora.

I 02.6.06.  Prueba libre para la obtención de certificado de idioma.

I 03.  Ciclos Formativos:

I 03.1.  Prueba de acceso a ciclos grado superior.

I 03.2.  Prueba libre para la obtención de títulos de grado medio y superior, por módulo.

I 04.  Programa Mentor:

I 04.1. Mensualidad.

El Secretario General Técnico, Manuel Pérez Gómez.

(03/2.802/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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