Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2013

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130119-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

1
Acuerdo de 29 de noviembre de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Valdemaqueda para adoptar escudo heráldico y bandera municipal.

Corresponde a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno la tramitación de los expedientes de aprobación, modificación o rehabilitación de banderas y escudos municipales y otros símbolos municipales, de acuerdo con el Decreto 94/2010, 29 de diciembre, en relación con los Decretos 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y 109/2012, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid.

El Ayuntamiento de Valdemaqueda inició expediente para la adopción de Escudo Heráldico y Bandera Municipal, de acuerdo con la propuesta aprobada por el Pleno Municipal en sesión de 25 de marzo de 2010.

La Dirección General de Cooperación con la Administración Local solicitó los informes de la Real Academia de la Historia y de los Asesores de Heráldica (Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía) el 9 de abril de 2010. La Real Academia de la Historia informó favorablemente el 11 de marzo de 2011 y los Asesores de Heráldica emitieron informe el 10 de mayo de 2010, favorable pero señalando que, si bien el escudo es correcto, la descripción es inadecuada, por lo que sugiere una descripción para adecuarlos a la heráldica y vexilología.

El referido informe se remitió al Ayuntamiento de Valdemaqueda el 24 de junio de 2010, el cual con fecha 8 de marzo de 2011, acepta la descripción heráldica y vexilológica de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía.

Consta, asimismo, informe favorable de la Dirección General de Relaciones Externas de la entonces Consejería de Presidencia Justicia e Interior, emitido el 11 de abril de 2011.

El procedimiento se ha sustanciado con arreglo a las normas establecidas en los artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado mediante Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; el Decreto 30/1987, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de banderas y escudos municipales, y el artículo 7 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en reunión de fecha 29 de noviembre de 2012,

ACUERDA

Primero

Autorizar la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal de Valdemaqueda, con la descripción siguiente:

Escudo: “Escudo cortado: Primero, de plata, un pino, arrancado, de sinople; segundo, de azur, y sobre ondas de plata y azur, un puente de tres ojos, de plata, mazonado de sable; bordura general de oro, cargada de trece roeles de azur. Al timbre, la corona real española”.

Bandera: “De proporciones 2:3. Terciada en bajo, de rojo, blanco y azul, con el escudo municipal en el centro”.

Segundo

Comunicar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Valdemaqueda.

Este Acuerdo producirá efectos a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. También se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, a 29 de noviembre de 2012.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, SALVADOR VICTORIA BOLÍVAR

El Presidente, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/451/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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