Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
07-07-2014

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140707-12

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ACUERDO de 26 de junio de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la octava Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Sebastián de los Reyes, en el ámbito de la Zona de Ordenación ZO 1 casco antiguo.

I. El Pleno del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en su sesión de 18 de abril de 2013, acordó aprobar provisionalmente la Octava Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Sebastián de los Reyes, en el ámbito de la Zona de Ordenación ZO 1 Casco Antiguo, y remitirlo para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 57.e) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. El Ayuntamiento aportó documentación, la última vez, el 4 de junio de 2014.

Constan en el expediente los informes de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 12 de febrero de 2013; de la Dirección General de Aviación Civil, de 1 de abril de 2013, y de la Dirección General de Patrimonio Histórico, con fecha de registro de entrada de 11 de marzo y de fecha de 6 de mayo de 2014.

II. La Modificación Puntual presentada tiene por objeto la subsanación de defectos advertidos por el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes en la Normas Urbanísticas que afectan a la Zona de Ordenación ZO 1 de planeamiento incorporado del Plan Especial de Reforma Interior (PERI) del Casco Antiguo. Concretamente, en relación con las condiciones particulares de la Zona B- Edificación dotacional, correspondientes a ocupación, volumen y altura máxima.

Conforme interpreta el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, la situación en la que se encuentran los edificios dotacionales públicos en el Plan Especial de Reforma Interior, viene como consecuencia de una redacción errónea de la normativa, que no tuvo en cuenta las características específicas de los edificios dotacionales públicos.

La Modificación Puntual propuesta excluye del ámbito de la Zona B-Edificación Dotacional, la parcela situada en la calle San Roque, número 14, con una superficie de 61 m2 y con una superficie edificable 128,71 m2 , por tratarse de una finca de propiedad privada (Comunidad de Hermanas de San Vicente de Paúl de Madrid).

El ámbito de la Modificación Puntual tramitada afecta a todos los edificios dotacionales incluidos en la Zona B-Edificación Dotacional del Plan Especial de Reforma Interior Casco Histórico: Iglesia, Biblioteca, Parque de Bomberos y Policía Municipal, Casa Consistorial y Servicios Municipales, así como a la finca situada en la calle San Roque, número 14 del Casco Antiguo de San Sebastián de los Reyes.

III. Respecto al contenido de la Modificación Puntual presentada, esta modifica las condiciones particulares de la Ordenanza Zona B-Edificación Dotacional, en los puntos 4.4.4.2 b) y 4.4.4.3, relativos a condiciones de edificabilidad y ocupación máxima en edificios dotacionales, y excluye del ámbito de la citada Ordenanza, a la parcela situada en la calle San Roque, número 14, que se incluye en la Zona A-2 de Ordenanza por coeficiente de edificabilidad en manzanas de pequeñas dimensiones, edificabilidad 2,11 m2c/m2s, por considerarse un error.

IV. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Puntual propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial emite informe técnico-jurídico, de 4 de junio de 2014, donde señala lo siguiente:

La Modificación Puntual propuesta posibilita un incremento de la edificabilidad no lucrativa, en las parcelas con ordenanza Zona B-Edificación Dotacional, que pasan a ordenarse por condiciones de volumen en lugar de por edificabilidad.

Además, excluye la parcela de la calle San Roque, número 14 de la Zona B, calificación de equipamiento público, que pasa a regularse como finca privada de uso residencial por ordenanza Zona A-2 de ordenación por coeficiente de edificabilidad.

El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes justifica el documento presentado como subsanación de errores advertidos en la normativa de las condiciones particulares de los edificios dotacionales en relación con la realidad existente, y en el error detectado en la calificación de dotacional de una finca privada de uso residencial.

Como consecuencia del informe de la Dirección General de Aviación Civil, de fecha 1 de abril de 2013, se incluye en las Normas Urbanísticas del Plan Especial de Reforma Interior, el apartado 4.4.4.4, referente a Condiciones de Edificación en caso de vulneración de servidumbres aeronáuticas.

El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes propone la modificación de la redacción de los artículos 4.4.4.2 y 4.4.4.3, sustituyendo la necesidad de realizar un Estudio de Detalle para armonizar volúmenes, alineaciones y rasantes con la edificación del entorno y el ambiente urbano en que está situado, por la de un Estudio de integración en el entorno. La citada Corporación justifica esta decisión en que ninguna de las parcelas afectadas comprende manzanas completas, sino que se integran en manzanas que tienen ya definida su ordenación de volúmenes y alineaciones de forma pormenorizada en el Plano de Ordenación del Plan Especial de Reforma Interior.

Se observa un error material en la redacción del artículo 4.4.4.2 presentada en la Modificación Puntual, al señalar que el Estudio de integración en el entorno se regula en el artículo 7.1.8.2 y siguientes de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de San Sebastián de los Reyes, pues dicho Estudio es recogido en el artículo 7.8.1 de las citadas normas.

Como consecuencia de las prescripciones establecidas en el informe de la Dirección General de Patrimonio Histórico, con fecha de registro de entrada, de 11 de marzo de 2014, se incluye en las Normas Urbanísticas del Plan Especial de Reforma Interior, el apartado 4.3.3.3, referido a “Las actuaciones en la zona señalada en la ficha de catalogación de los yacimientos arqueológicos documentados del Casco Histórico de San Sebastián de los Reyes CM/0134/020, y en la Iglesia de San Sebastián Mártir” CM/0134/023”. Asimismo, se actualiza el catálogo de patrimonio histórico en lo que se refiere a la iglesia de San Martín Mártir, Edificio de Servicios Municipales (caserón) y yacimiento arqueológico documentado del Casco Histórico de San Sebastián de los Reyes.

En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus modificaciones y revisiones en su fase municipal.

V. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 17 de junio de 2014, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de 5 de junio de 2014, informó favorablemente la Octava Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Sebastián de los Reyes, en el ámbito de la Zona de Ordenación ZO 1 Casco Antiguo.

VI. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

VII. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde podrá ser consultado.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el día 17 de junio de 2014, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de junio de 2014,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Octava Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Sebastián de los Reyes, en el ámbito de la Zona de Ordenación ZO 1 Casco Antiguo

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 26 de junio de 2014.

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, BORJA SARASOLA JÁUDENES

El Presidente, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/21.167/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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