Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2015

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150528-16

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

16
ACUERDO de 21 de mayo de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 1 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, para la delimitación del AI-11 “Paseo Conde de los Gaitanes, 177-179”.

I. El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en sesiones celebradas los días 30 de septiembre de 2014 y 27 de enero de 2015, acordó aprobar provisionalmente la Modificación Puntual número 1 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, para la delimitación del AI-11 “Paseo Conde de los Gaitanes, 177-179”, y remitirlo para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 57.e) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Constan en el expediente los informes de “AENA, Aeropuertos, Sociedad Anónima”; de la Dirección General de Aviación Civil; del Canal de Isabel II; de la Dirección General de Evaluación Ambiental; de la Demarcación de Carreteras del Estado del Ministerio de Fomento; de la Dirección General del Medio Ambiente, Área de Vías Pecuarias; de la Dirección General de Carreteras; de la Dirección General de Patrimonio Histórico, y de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

II. La presente Modificación Puntual tiene por objeto posibilitar la ampliación de las instalaciones existentes en la parcela de suelo urbano consolidado, con una superficie de 28.717 m2, propiedad de “Red Eléctrica Corporación, Sociedad Anónima”, mediante la delimitación de una nueva Actuación de Incremento de edificabilidad denominada AI-11 “Paseo Conde de los Gaitanes, 177-179”.

La citada parcela, que linda al sur, con la avenida Conde de los Gaitanes; al noroeste, con parcelas residenciales de la Zona 3 edificación unifamiliar, y al noreste, con una zona verde local, tiene, actualmente, la edificabilidad agotada y cuenta con varias edificaciones aisladas en su interior, rodeadas de zonas ajardinadas y espacios para aparcamiento tanto en superficie como bajo rasante.

Según se expone en la Memoria del documento presentado, los objetivos de la actuación pretendida son los siguientes:

— Delimitar una nueva Actuación de Incremento de edificabilidad, denominada AI-11 “Paseo Conde de los Gaitanes, 177-179”.

— Crear un nuevo grado de ordenanza terciaria que permita incrementar la edificabilidad en 6.000 m2.

III. Respecto al contenido de la Modificación Puntual, se delimita, para la parcela de suelo urbano consolidado y edificado, una nueva Actuación de Incremento de la edificabilidad de las previstas en el Plan General vigente, que el documento tramitado denomina AI-11 “Calle Conde de los Gaitanes, números 177-179”. El incremento de edificabilidad se lleva a cabo mediante la creación de un nuevo grado dentro de la Zona de Ordenanza 5 “Edificación para el uso terciario específico”. Este sería el grado 34o “Red Eléctrica”, de aplicación exclusivamente en la parcela anteriormente citada. En este grado “los usos permitidos podrán situarse en plantas de semisótano y sótano (cota de suelo por encima del nivel -5,50 metros) independientes de la planta baja”.

Según se recoge en la nueva Ficha de Actuación de Incremento AI-11 “Calle Conde de los Gaitanes, números 177-179”, que se propone con la presente Modificación Puntual, las nuevas determinaciones para el ámbito serían las siguientes:

— Superficie: 28.717 m2.

— Edificabilidad total: 17.487 m2e.

— Uso característico: Terciario.

— Edificabilidad: 0,609 m2/m2.

— Incremento Edificabilidad: 6.000 m2e.

— Retranqueo:

• 5 metros vía pública.

• 3 metros resto linderos.

• 10 metros a otra norma zonal.

— Ocupación máxima: 45 por 100.

— Parcela mínima: 2.500 m2.

— Altura máxima: 12 m.

IV. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Puntual propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial emite informes técnico y jurídico, de 10 y 18 de marzo de 2015, respectivamente, donde señala lo siguiente:

La actuación objeto de Modificación se propone como una actuación de dotación de las recogidas en el artículo 14.1.b) del Texto Refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, cuyos deberes se establecen con carácter de legislación básica en el artículo 16.2.a) y b) del citado texto. En este sentido, el incremento de edificabilidad está vinculado a la necesidad de ceder suelo para nuevas dotaciones y de entregar a la Administración Municipal el suelo libre de cargas correspondiente al porcentaje del incremento de la edificabilidad media ponderada de la actuación.

En relación al deber de entregar a la Administración suelo libre de cargas de urbanización, correspondiente al porcentaje de la edificabilidad media ponderada de la actuación, se establece que el Ayuntamiento se aviene a la monetización sustitutoria de la cesión del 10 por 100 del incremento de aprovechamiento lucrativo del ámbito, correspondiendo, por tanto, a 600 m2 edificables de uso terciario.

En relación al deber de cesión de suelo resultante de la actuación de dotación propuesta, en el documento aportado se opta por aplicar el artículo 36.6.f) de la Ley 9/2001, de 17 de junio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que permite satisfacer dicho deber de cesión de suelo, mediante el pago de su equivalente en dinero, en caso de imposibilidad física de materializarlo en el ámbito.

No obstante lo anterior, se observan errores matemáticos al reducir a dos decimales la cifra de los nuevos coeficientes de edificabilidad y estándar dotacional resultantes para el Área Homogénea, teniendo en cuenta la Modificación propuesta. Por lo tanto, se debe corregir, en relación a los coeficientes resultantes de edificabilidad y estándar dotacional del AH-3, la siguiente documentación: La justificación del capítulo 7.1, Cesión de suelo para dotaciones de la Memoria de la Modificación tramitada, las tablas del Anexo de Normas Urbanísticas correspondientes al Área Homogénea AH-3 “Entorno A-1”, relativos a los coeficientes resultantes de edificabilidad y estándar dotacional, y el cuadro correspondiente a las Áreas Homogéneas, del AH-3 “Entorno A-1” del capítulo 6.3 de la Memoria.

En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus modificaciones y revisiones en su fase municipal.

V. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 25 de marzo de 2015, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de 20 de marzo de 2015, informó favorablemente la Modificación Puntual número 1 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, para la delimitación del AI-11 “Paseo Conde de los Gaitanes, 177-179”, con las condiciones recogidas en los informes técnico y jurídico, de 10 y 18 de marzo de 2015, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

VI. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

VII. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente Acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde podrá ser consultado.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el día 25 de marzo de 2015, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de mayo de 2015,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual número 1 del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, para la delimitación del AI-11 “Paseo Conde de los Gaitanes, 177-179”, con las condiciones que señala el informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid de 25 de marzo de 2015.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 21 de mayo de 2015.

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, BORJA SARASOLA JÁUDENES

El Presidente, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/16.180/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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