Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2016

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160615-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ACUERDO de 7 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 29 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Humanes de Madrid, para la creación del Sector Q, «Ampliación del Parque Industrial “El Molino”».

I. El presente Acuerdo tiene por objeto aprobar la Modificación Puntual número 29 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Humanes de Madrid, para la creación de un nuevo Sector de Suelo Urbanizable Sectorizado Industrial, denominado Sector Q, como ampliación del ya existente Parque Industrial “El Molino”, antigua unidad de ejecución UE-12 de las Normas Subsidiarias, ocupando la zona intersticial existente entre dicho polígono, ya consolidado desde hace tiempo, y el Sector D de las Normas Subsidiarias «Ampliación del polígono de “Valdonaire”», actualmente en proceso de reparcelación.

La creación de este nuevo Sector se fundamenta en la necesidad de completar el tejido industrial del municipio, compuesto actualmente por industria tradicional de pequeño tamaño, y de atender una demanda de suelo con parcela mediana-grande para industria tecnológica y logística.

II. Los terrenos que se delimitan en la presente Modificación Puntual para conformar el nuevo Sector, forman junto con el polígono de “El Molino”, colindante al oeste, y con la ampliación del polígono “Valdonaire”, colindante al este, el remate de la zona urbana industrial existente a lo largo del margen norte de la M-413, ocupando el terreno intersticial entre ambos.

El nuevo polígono, denominado Sector Q «Ampliación Parque Industrial “El Molino”», abarca una superficie de 106.359 metros cuadrados, a los que se añaden como red adscrita exterior 3.744 metros cuadrados, que fueron ocupados anticipadamente por las obras de las vías de servicio de la carretera M-413, ya ejecutadas.

III. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Puntual propuesta, la Dirección General de Urbanismo, en sus informes técnico y jurídico de 23 de febrero y 12 de mayo de 2016, respectivamente, señala lo siguiente:

La propuesta presentada incorpora un nuevo uso industrial acorde a las necesidades detectadas y establece determinaciones vinculantes para su desarrollo posterior. Para ello, delimita un Sector de Suelo Urbanizable Sectorizado de uso industrial, integrándolo en el Área de Reparto número 2, a la que pertenece uno de los polígonos con los que linda, y cumpliendo con los requisitos legales para ser desarrollado pormenorizadamente mediante un Plan Parcial, gestionado por el sistema de compensación.

La propuesta cumple con la normativa aplicable de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, así como con el Real Decreto Ley 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

Por lo tanto, se informe favorablemente la Modificación Puntual con las condiciones señaladas en los informes Sectoriales emitidos, que deberán ser tenidas en cuenta en el desarrollo del Sector.

IV. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus modificaciones y revisiones en su fase municipal.

Constan en el expediente los informes de los siguientes organismos: Dirección General de Evaluación Ambiental, Dirección General del Medio Ambiente, Dirección General de Carreteras, Confederación Hidrográfica del Tajo, Dirección General de Patrimonio Histórico, Canal de Isabel II y Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.

V. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 26 de mayo de 2016, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo, el 13 de mayo de 2016, informó favorablemente la Modificación Puntual número 29 de las Normas Subsidiarías del Planeamiento Municipal de Humanes de Madrid, con las condiciones señaladas en la propuesta de la Dirección General de Urbanismo.

VI. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, la aprobación definitiva de todos los planes generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

VII. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente Acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Una vez publicado el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial, el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 24 de abril de 2009.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el día 26 de mayo de 2016, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de junio de 2016,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual número 29 de las Normas Subsidiarías del Planeamiento Municipal de Humanes de Madrid, con las condiciones que señala el informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid de 26 de mayo de 2016.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 7 de junio de 2016.

El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, JAIME GONZÁLEZ TABOADA

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS

(03/21.451/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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