Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
25-08-2017

Sección 1.1.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170825-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

1
ACUERDO de 28 de julio de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se procede a la corrección de errores del Decreto 59/2017, de 6 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).

Han sido advertidos errores materiales en el texto del Decreto 59/2017, de 6 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 9 de junio de 2017.

De conformidad con el artículo 17.2.2 del Decreto 210/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Gobierno y de sus comisiones, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 28 de julio de 2017,

ACUERDA

Proceder a la corrección de errores del Decreto 59/2017, de 6 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), en los siguientes términos:

1. Capítulo 1. Punto 1.1, renglón quinto.

— Donde dice: “y sobre amplias áreas de montañas,- de vocación (…)”.

— Debe decir: “y sobre amplias áreas de montaña de vocación (…)”.

2. Capítulo 1. Punto 1.1, renglón primero del segundo párrafo.

— Donde dice: “y de orden relevante,- la incorporación (…)”.

— Debe decir: “y de orden relevante la incorporación (…)”.

3. Capítulo 2. Punto 2.4, renglón primero:

— Donde dice: “El Plan especial contempla,- las siguientes actuaciones básicas”,

— Debe decir: “El Plan especial contempla las siguientes actuaciones básicas (…)”.

4. Capítulo 3. Punto 3.1.6.

Donde dice: “el Puesto de Mando Avanzado puede estar constituido por:

— El Jefe del Grupo de Extinción.

— Un representante de la Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana (…)”.

Debe decir: “el Puesto de Mando Avanzado puede estar constituido por:

— El Jefe del Grupo de Extinción.

— Un representante de la Dirección General competente en materia de Protección Ciudadana.

— Un representante de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente (…)”.

5. Anexo 2. Punto 3.4.

— Donde dice: “2. Medidas preventivas a implementar en el caso de uso de cosechadoras de cereal: a) Esta dispondrá de al menos el siguiente equipo de extinción:- 2 Extintores de polvo tipo A, B, C de al menos 6 kg cada uno.- 2 Batefuegos”.

— Debe decir: “2. Medidas preventivas a implementar en el caso de uso de cosechadoras de cereal: a) Esta dispondrá de al menos el siguiente equipo de extinción:- 2 Extintores de polvo tipo A, B, C de al menos 6 kg cada uno.- 1 Batefuegos”.

6. Anexo 3. Punto 1.3.

— Donde dice: “Los representantes que correspondan en el Comité Asesor. Director General de Medio Ambiente o persona en quien delegue”.

— Debe decir: “Los representantes que correspondan en el Comité Asesor y en el Puesto de Mando Avanzado. Director General de Medio Ambiente o persona en quien delegue”.

Madrid, a 28 de julio de 2017.

(03/27.935/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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