Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
09-07-2018

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180709-16

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ACUERDO de 12 de junio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de distribución de agua del polígono industrial “Río de Janeiro”, en el municipio de Algete, con destino a la financiación de las obras de construcción de las infraestructuras de distribución.

Con fecha 1 de junio de 2016 se celebró la Adenda al “Convenio de gestión integral del servicio de distribución entre el Ayuntamiento de Algete y el Canal de Isabel II” para la construcción de una nueva red de distribución de agua de consumo humano en el polígono industrial Río de Janeiro, con conexión a la Red General de la Comunidad de Madrid, entre Canal de Isabel II, Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, (en la actualidad Canal de Isabel II, Sociedad Anónima”), el Ayuntamiento de Algete y el Polígono Industrial “Río de Janeiro”.

En el capítulo VI, estipulación decimonovena de dicha Adenda se establece que el coste de las obras de construcción de infraestructuras hidráulicas correspondientes se financiará con cargo a lo recaudado bimestralmente por una cuota suplementaria, a aplicar en las facturas por consumo de agua que se emitan en relación con las fincas con suministro que existan en cada momento en el Polígono Industrial, cuya cuantía se establece según las parcelas y sus respectivos coeficientes de participación y constan en el Anexo I de la Adenda, sin que dicha cuota varíe con el transcurso del tiempo. Asimismo, la Adenda prevé financiar con cargo a una cuota suplementaria las aportaciones que debe hacer el polígono por las infraestructuras de abastecimiento externas al mismo previstas en el Convenio de 30 de noviembre de 2011, para la ejecución de infraestructuras hidráulicas, entre el Ayuntamiento de Algete y el Canal de Isabel II.

Si en un futuro el polígono industrial modificase los coeficientes de participación en la Comunidad de Propietarios, se modificará el importe a abonar en concepto de cuota suplementaria en relación con cada finca en la misma proporción en que varíe el coeficiente de participación.

La cuantía de la cuota suplementaria que contempla la Adenda celebrada con el Ayuntamiento de Algete y el Polígono Industrial “Río de Janeiro” ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, tal y como establecen los artículos 6 y 7 del Reglamento sobre el Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

En su virtud, con el fin de dar cobertura al compromiso indicado, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno y previa deliberación, en su reunión del día 12 de junio de 2018

ACUERDA

Primero

Aprobar una cuota suplementaria cuya cuantía se establece tomando en consideración los coeficientes de participación en la Comunidad de Propietarios del Polígono Industrial “Río de Janeiro”, que se recoge en el Anexo a este Acuerdo, a aplicar bimestralmente en las facturas por consumo de agua que se emitan en relación con las fincas con suministro de agua del Polígono Industrial “Río de Janeiro”, del municipio de Algete, con destino a la financiación de las obras de construcción de las infraestructuras de distribución previstas en la Adenda al “Convenio de gestión integral del servicio de distribución entre el Ayuntamiento de Algete y el Canal de Isabel II”, celebrada el 1 de junio de 2016, así como para la financiación de las aportaciones que debe hacer el Polígono por las infraestructuras de abastecimiento externas al mismo, previstas en el Convenio de 30 de noviembre de 2011, para la ejecución de infraestructuras hidráulicas entre el Ayuntamiento de Algete y el Canal de Isabel II.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, se informará del presente Acuerdo a la Comisión de Presidencia y Justicia de la Asamblea de Madrid.

Acordado en Madrid, a 12 de junio de 2018.

El Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

El Presidente, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA



(03/22.893/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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