Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
29-10-2018

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181029-17

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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ACUERDO de 16 de octubre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se procede a la corrección de errores del Anexo I del acuerdo de 28 de agosto de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para modernización, adecuación y rehabilitación de las áreas industriales de la Comunidad de Madrid.

Se han advertido errores materiales en el Anexo I del Acuerdo de 28 de agosto de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para modernización, adecuación y rehabilitación de las áreas industriales de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre de 2018.

De conformidad con lo establecido en los artículos 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 17 del Decreto 210/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento interno del Consejo de Gobierno y de sus Comisiones, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, previa deliberación, en su reunión del día 16 de octubre de 2018,

ACUERDA

Proceder a la corrección de los errores materiales del Anexo I del Acuerdo de 28 de agosto de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para modernización, adecuación y rehabilitación de las áreas industriales de la Comunidad de Madrid, en los siguientes términos:

En el apartado 7:

— Donde dice: “Tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien cuando el importe del gasto subvencionable supere los 18.000 euros, salvo en el caso de contratación de obras cuyo importe será de 50.000 euros. Para gastos inferiores se deberá aportar como mínimo una única oferta o factura proforma”.

— Debe decir: “Tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, cuando el importe del gasto supere 40.000 euros para el caso de contratación de obras o 15.000 euros para otros contratos. Para gastos inferiores se deberá aportar como mínimo una única oferta o factura proforma”.

Acordado en Madrid, a 16 de octubre de 2018.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

El Presidente, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA

(03/34.229/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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