Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2018

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181231-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

1
ACUERDO de 18 de diciembre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 10 de diciembre de 2018, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal funcionario de Administración y Servicios, por el que se modifica el punto 2 del Acuerdo de 30 de marzo de 2016, de la Mesa Sectorial del personal funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos para el período 2016-2020, aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 5 de abril de 2016.

Visto el Acuerdo adoptado el 10 de diciembre de 2018, por la Mesa Sectorial de Negociación del personal funcionario de Administración y Servicios, relativo a la modificación del Acuerdo de 30 de marzo de 2016, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos para el período 2016-2020, que debe ser aprobado de forma expresa y formal para su validez y eficacia a tenor de lo regulado en el artículo 38.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, a propuesta de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 18 de diciembre de 2018,

ACUERDA

1. Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de 10 de diciembre de 2018, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal funcionario de Administración y Servicios, por el que se modifica el punto 2 del Acuerdo de 30 de marzo de 2016, de la Mesa Sectorial del personal funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos para el período 2016-2020, aprobado expresa y formalmente por el Consejo de Gobierno por Acuerdo de 5 de abril de 2016, con los votos favorables de las centrales sindicales CCOO, CSIT Unión Profesional y CSIF Unión Autonómica, la abstención de la central sindical FeSP UGT Madrid, y que figura como anexo del presente acuerdo.

2. El Acuerdo de 10 de diciembre de 2018, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal funcionario de Administración y Servicios, surtirá efectos a partir del día siguiente a la publicación de este Acuerdo de Consejo de Gobierno en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 18 de diciembre de 2018.

El Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

El Presidente, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA

ANEXO

El punto 2 del Acuerdo de 30 de marzo de 2016 de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos para el período 2016-2020, aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de 5 de abril de 2016, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 15 abril), y modificado posteriormente por Acuerdo de 28 de noviembre de 2017, de la Mesa Sectorial del personal funcionario de Administración y servicios, aprobado expresa y formalmente por Acuerdo de 12 de diciembre de 2017, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 28 diciembre) establece lo siguiente en su página 17, relativo al Plan de Empleo para el período 2016-2020:

“Asimismo, se prevé la convocatoria de las 228 plazas de nueva creación señaladas, así como de las vacantes disponibles en el período 2016-2020, según el siguiente calendario:

Lo anterior está condicionado a la normativa básica en materia de Oferta de Empleo Público, así como a la tasa de reposición de efectivos que establezca la normativa estatal de referencia”.

En aplicación del Plan de Reorganización y Crecimiento del Cuerpo de Bomberos, que implica la apertura de nuevos parques de bomberos en el territorio de la Comunidad de Madrid, se hace necesario el correspondiente crecimiento del personal adscrito al Cuerpo de bomberos. Con esta nueva propuesta, el cuadro de convocatorias para el período 2016-2020 queda de la siguiente manera:

El objetivo de este acuerdo es el de contar con una plantilla de 1.836 funcionarios entre las distintas categorías del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, incluyendo la plantilla del Cuerpo de Bomberos de Móstoles que se encuentra en proceso de integración.

Para hacer frente a las necesidades de formación del crecimiento previsto es necesario aumentar el número de efectivos dedicados a tareas formativas hasta un total de 24 instructores.

En el crecimiento propuesto se ha contemplado el incremento necesario para compensar los períodos formativos de las especialidades a desarrollar.

La efectividad de la modificación propuesta queda condicionada a lo que pueda establecer la normativa básica que dicte la Administración del Estado en materia de Oferta de Empleo Público.

En prueba de su conformidad, las partes firman el presente Acuerdo, elevándolo al órgano competente para su aprobación.

(03/41.833/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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