Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2020

Sección 1.1.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200224-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE SANIDAD

1
ACUERDO de 19 de febrero de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se procede a la corrección de errores del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

Con fecha 26 de noviembre de 2019, el Consejo de Gobierno aprobó el Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

Con posterioridad se han advertido la existencia de errores en su redacción, que no constituyen modificación o alteración del sentido de la disposición afectada, por lo que, en aplicación de lo previsto en el artículo 17.2 del Decreto 210/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento interno del Consejo de Gobierno y de sus Comisiones, procede su corrección mediante acuerdo expreso del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del Decreto 210/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento interno del Consejo de Gobierno y de sus Comisiones, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Sanidad, previa deliberación en su reunión de día 19 de febrero de 2020,

ACUERDA

Primero

Proceder a la corrección de los errores del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, en los siguientes términos:

En el artículo 9, letra b), donde dice “…así como la coordinación de las fundaciones de Investigación Biomédica y los institutos de Investigación Sanitaria.”, debe decir “…así como la coordinación de las fundaciones de investigación biomédica y de los institutos de investigación sanitaria.”.

En el artículo 9, letra i), donde dice “…de acuerdo las necesidades de los diferentes centros directivos, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de función pública”, debe decir “…de acuerdo con las necesidades de los diferentes centros directivos, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de función pública.”.

En el artículo 9, letra j), donde dice “…la Bio-Región de salud y Bienestar de la Comunidad de Madrid.”, debe decir “…la Bio-Región de Salud y Bienestar de la Comunidad de Madrid.”.

En el artículo 11, letra e), donde dice “Mejorar el conocimiento de los problemas de salud…”, debe decir “La mejora del conocimiento de los problemas de salud…”.

En el artículo 11, letra f), donde dice “Promover el desarrollo de iniciativas, programas y actividades, para la prevención de la aparición de enfermedades derivados de hábitos de vida no saludables en relación con la alimentación, la actividad física, …”, debe decir “La promoción del desarrollo de iniciativas, programas y actividades para la prevención de la aparición de enfermedades derivadas de hábitos de vida no saludables en relación con la alimentación, la actividad física, …”.

En el artículo 11, letra s), donde dice “…involucradas en estas tareas sanitarias. Así como la búsqueda de los cauces para compartir información y cooperar con otras Comunidades Autónomas e instituciones. Estas Competencias se desarrollarán en colaboración con la Dirección General del Proceso Integrado de Salud.”, debe decir “…involucradas en estas tareas sanitarias, así como la búsqueda de los cauces para compartir información y cooperar con otras Comunidades Autónomas e instituciones. Estas competencias se desarrollarán en colaboración con la Dirección General del Proceso Integrado de Salud”.

En el artículo 13, letra d), donde dice “…comisión preparatoria de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos…”, debe decir “…Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos…”.

En el segundo párrafo de la disposición adicional cuarta, donde dice “…éstas quedan recogida en su participación…”, debe decir “…éstas quedan recogidas en su participación…”.

Segundo

Este Acuerdo debe ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Acordado en Madrid, a 19 de febrero de 2020.

El Consejero de Sanidad, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/6.018/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200224-1