Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
29-06-2020

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200629-9

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

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ACUERDO de 24 de junio de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgencia e interés general y se aprueba la propuesta de construcción de nueva planta de un hospital de emergencias para la Comunidad de Madrid, en la parcela sita en el municipio de Madrid, Distrito de Barajas, barrio Timón. Sector SUNS4 01 “Parque de Valdebebas” parcela RS EQ M0002 (7).

I. Con fecha 12 de junio de 2020, la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria emite resolución por la que declara la extraordinaria urgencia y el excepcional interés público, en aplicación del artículo 161 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en la construcción del hospital de emergencias para la Comunidad de Madrid en la parcela sita en el municipio de Madrid, Distrito de Barajas, barrio Timón. Sector SUNS4 01 “Parque de Valdebebas” parcela RS EQ M0002 (7), para afrontar la situación de emergencia sobrevenida por la infección del coronavirus COVID-19. Y, en esa mismo Resolución, se acuerda la remisión al Ayuntamiento de Madrid del anteproyecto al objeto de que, en el plazo de diez días, emita informe sobre la conformidad del mismo.

Con fecha 18 de junio de 2020, el Director General de Edificación del Ayuntamiento de Madrid dicta resolución por la que declara la disconformidad con la ordenación urbanística que le es de aplicación, de la propuesta presentada por el Servicio Madrileño de Salud de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, de obras de Construcción de un Hospital de Emergencias.

La Consejería de Sanidad, con fecha 19 de junio de 2020, solicita a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, en virtud de lo establecido en el artículo 161 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la continuación con la tramitación que exige la propuesta y lo eleve a Consejo de Gobierno.

Las obras traen causa de los siguientes motivos:

El Ministerio de Sanidad dictó la Orden SND/23272020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. El apartado noveno de la Orden señala que las autoridades sanitarias competentes de la comunidad autónoma podrán habilitar espacios para uso sanitario en locales públicos o privados que reúnan las condiciones necesarias para prestar atención sanitaria, ya sea en régimen de consulta o de hospitalización.

Conforme con lo anterior, se ha considerado de máxima necesidad la construcción de nueva planta de un hospital de emergencias que pueda atender a situaciones de extrema saturación hospitalaria que puedan presentarse en los hospitales del SERMAS.

La construcción del hospital de emergencias para la Comunidad de Madrid en la parcela sita en el municipio de Madrid, Distrito de Barajas, barrio Timón. Sector SUNS4 01 “Parque de Valdebebas” parcela RS EQ m0002 (7), es el emplazamiento más idóneo por su localización y accesibilidad en el conjunto del territorio.

Por ello, ante la situación epidemiológica actual, en cumplimiento de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Sanidad, es prioritario para el Gobierno de la Comunidad de Madrid proceder de forma urgente a la ejecución de las obras del hospital de emergencias de la Comunidad de Madrid.

II. En relación con la propuesta planteada, la situación actual de los terrenos afectados por el hospital de emergencias de la Comunidad de Madrid, se concreta en su clasificación como Suelo Urbano y están calificados como Redes Supramunicipal de Equipamientos.

Si hubiera que esperar hasta la aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento en tramitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, implicaría que las obras no podrían iniciarse al menos antes de un año.

III. Al no ser posible la adaptación del proyecto a la ordenación urbanística, el artículo 161 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, regula un procedimiento especial en relación con los proyectos de obras y servicios públicos que formulen la Comunidad de Madrid en ejecución de sus políticas regionales, siempre que dichos proyectos sean urgentes o de excepcional interés público.

Atendiendo a la situación de urgencia en la construcción de nueva planta de un hospital de emergencias, la Dirección General de Urbanismo aporta la documentación que justifica haber observado los trámites señalados en el mencionado artículo 161.

La propuesta presentada prevé la construcción en una parcela calificada como red supramunicipal de equipamientos en el hoy denominado APE 16.11-RP “Ciudad Aeroportuaria y Parque de Valdebebas”.

El conjunto propuesto se describe de la siguiente manera: Se pretende realizar el hospital de emergencias en un centro de referencia. Se trata de rediseñar un futuro hospital ideal con la menor superficie posible, pero sin renunciar a ninguna de las exigencias funcionales que permitan satisfacer las exigencias de la sociedad.

Se propone una ordenación volumétrica con las siguientes intenciones:

— Realización de tres volúmenes edificados sobre rasante con tres alturas sobre rasante unidos por una planta sótano -1 destinada a garaje tanto la proyección del hospital como la del edificio administrativo. Este nivel de sótano favorecido por la topografía del terreno es el nivel de planta del edificio de logística y planta sótano -2. Este gran volumen con forma de prisma recto subdividido a su vez por tres prismas rodeado de un cinturón de edificios de una altura.

— Realización de una calle peatonal interior que sirva de cosido y unión entre las diferentes áreas y zonas funcionales de la propuesta. Esta calle en su recorrido oeste-este conduce a la plaza Homenaje a las Víctimas del COVID-19. Esta plaza deja su frente sur abierto en balcón integrando por un lado el edificio del Instituto de Medicina Legal (IML).

— Integración de la red de galerías subterráneas existentes. En el estado actual existe una red de galerías de importantes dimensiones (de 5-6 metros de altura por 10 de anchura). Se respeta este trazado de galerías situando el edificio de manera que el nivel de sótano -1 quede en su mayor parte por encima de la losa superior.

Además, se reservan espacios para atender futuras necesidades y evitar la obsolescencia previa.

IV. Examinado el expediente por la Dirección General de Urbanismo, con fecha 22 de junio de 2020, emite informe en el que considera que la propuesta presentada entra dentro de las políticas regionales y que los trámites previstos en el artículo 161 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, han sido cumplidos, encontrándose motivada la urgencia e interés general en el escrito del Consejero de Sanidad de 19 de junio de 2020, que a su vez remite a la Resolución de la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de 12 de junio de 2020.

Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad Madrid, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de junio de 2020,

ACUERDA

Primero

Declarar la urgencia e interés general en la ejecución para la construcción de nueva planta de un hospital de emergencias para la Comunidad de Madrid, en la parcela sita en el municipio de Madrid, Distrito de Barajas, barrio Timón, Sector SUNS 4.01 “Parque de Valdebebas” parcela RS EQ M0002 (7).

Segundo

Aprobar la propuesta de construcción de nueva planta de un hospital de emergencias para la Comunidad de Madrid, bajo condición de la previa obtención de las autorizaciones legalmente exigidas, en especial las de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, y de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Comunicar este acuerdo al Ayuntamiento de Madrid, para su conocimiento y efectos oportunos a fin de que se incoe el procedimiento de modificación de su planeamiento general en el ámbito afectado por estas obras.

Cuarto

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2020.

La Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/14.663/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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