Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
02-09-2020

Sección 1.1.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200902-1

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

1
ACUERDO de 22 de julio de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se procede a la corrección de errores del Decreto 26/2020, de 8 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Actuación sobre Humedales Catalogados de la Comunidad de Madrid.

Con fecha 8 de abril se aprobó el Decreto 26/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Actuación sobre Humedales Catalogados de la Comunidad de Madrid.

Habiéndose advertido errores materiales en los datos numéricos de superficie y en un mapa del anexo cartográfico, procede realizar su corrección.

El artículo 17 del Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo de Gobierno y de sus Comisiones, aprobado por el Decreto 210/2003, de 16 de octubre, regula la corrección de errores de textos aprobados por el Consejo de Gobierno.

El apartado 2 del citado artículo prevé que en el caso de que el texto con errores sea una disposición general y se trate de errores u omisiones que no constituyan modificación o alteración del sentido de las disposiciones, pero cuya rectificación se estime conveniente para evitar posibles confusiones, o en aquellos casos en que el error u omisión se deduzca claramente del contexto, se salvarán mediante acuerdo expreso.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 22 de julio de 2020,

ACUERDA

Primero

Proceder a la corrección de errores del Decreto 26/2020, de 8 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Actuación sobre Humedales Catalogados de la Comunidad de Madrid en los siguientes términos:

a) En el artículo 2.2, donde dice:

“22,85” refiriéndose a la Zona Periférica (ZPE) de las Lagunas de Soto de Mozanaque.

Debe decir:

“24,10”.

b) En el artículo 2.2, donde dice:

“2,47” refiriéndose a la Zona Húmeda (ZH) de la Laguna de San Galindo.

Debe decir:

“2,25”.

c) En el artículo 2.2, donde dice:

“27,28” refiriéndose a la Zona de Protección (ZPR) de las Lagunas de la Presa del río Henares.

Debe decir:

“24,28”.

d) En el artículo 2.2, donde dice:

“8,84” refiriéndose a la Zona de Protección (ZPR) de las Lagunas de Cerro Gordo.

Debe decir:

“9,39”.

e) En el artículo 2.2, donde dice:

“1,08” refiriéndose a la Zona Húmeda (ZH) de la Laguna de Valdemanco.

Debe decir:

“1,13”.

f) En el artículo 2.2, donde dice:

“1,97” refiriéndose a la Zona Periférica (ZPE) de la Laguna de Valdemanco.

Debe decir:

“3,30”.

g) En el texto del Plan de Actuación, en su apartado 6 (Identificación, características y diagnóstico del estado de conservación de los humedales catalogados de la Comunidad de Madrid), en la ficha de identificación y características de la Laguna de San Galindo (página 98 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 18 de abril de 2020), donde dice:

“2,47 ha” refiriéndose a la Zona Húmeda (ZH) de la Laguna de San Galindo.

Debe decir:

“2,25 ha”.

h) En el texto del Plan de Actuación, en su apartado 6 (Identificación, características y diagnóstico del estado de conservación de los humedales catalogados de la Comunidad de Madrid), en la ficha de identificación y características de las Lagunas de la Presa del río Henares (página 148 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 18 de abril de 2020), donde dice:

“27,28 ha” refiriéndose a la Zona de Protección (ZPR) de las Lagunas de la Presa del río Henares.

Debe decir:

“24,28 ha”.

i) En el texto del Plan de Actuación, en su apartado 6 (Identificación, características y diagnóstico del estado de conservación de los humedales catalogados de la Comunidad de Madrid), en la ficha de identificación y características de las Lagunas de Cerro Gordo (página 206 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 18 de abril de 2020), donde dice:

“8,84 ha” refiriéndose a la Zona de Protección (ZPR) de las Lagunas de Cerro Gordo.

Debe decir:

“9,39 ha”.

j) En el texto del Plan de Actuación, en su apartado 6 (Identificación, características y diagnóstico del estado de conservación de los humedales catalogados de la Comunidad de Madrid), en la ficha de identificación y características de la Laguna de Valdemanco (página 215 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 18 de abril de 2020), donde dice:

“1,08 ha” refiriéndose a la Zona Húmeda (ZH) de la Laguna de Valdemanco.

Debe decir:

“1,13 ha”.

k) En el texto del Plan de Actuación, en su apartado 6 (Identificación, características y diagnóstico del estado de conservación de los humedales catalogados de la Comunidad de Madrid), en la ficha de identificación y características de la Laguna de Valdemanco (página 215 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 18 de abril de 2020), donde dice:

“1,97 ha” refiriéndose a la Zona Periférica (ZPE) de la Laguna de Valdemanco.

Debe decir:

“3,30 ha”.

l) En el Anexo I del Plan de Actuación (Cartografía), el mapa correspondiente a la Laguna de Soto de las Cuevas (página 317 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 18 de abril de 2020) debe sustituirse por el que se incorpora en el Anexo de este Acuerdo.

Segundo

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de julio de 2020.

La Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/20.822/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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