Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2021

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210204-16

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

16
ACUERDO del Consejo de Gobierno, de 30 de septiembre de 2020, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de Fuentidueña de Tajo con destino a la financiación de obras de infraestructuras hidráulicas.

Con fecha de 13 de mayo de 2020 se celebró el Acuerdo para la ejecución de obras de infraestructuras hidráulicas en el municipio de Fuentidueña de Tajo, con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento y Canal de Isabel II, S. A., derivado del Convenio de 6 de junio de 2012, para la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de Fuentidueña de Tajo, entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el propio Ayuntamiento.

En la estipulación primera de dicho Acuerdo se establece que las obras hidráulicas a ejecutar en el municipio de Fuentidueña de Tajo, que consistirán en la renovación del colector en la calle Cerrillos, se financiarán con cargo a lo recaudado por una cuota suplementaria, a aplicar junto con la tarifa de alcantarillado, cuyo importe será, según establece la estipulación cuarta, de 0,45 euros por metro cúbico consumido, que será actualizado automáticamente conforme a las variaciones que se produzcan anualmente en las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento.

La cuantía de la cuota suplementaria que contempla el Acuerdo celebrado con el municipio de Fuentidueña de Tajo ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, tal y como establece el artículo 6 del Reglamento sobre el Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 30 de septiembre de 2020,

ACUERDA

Primero

Aprobar una cuota suplementaria de 0,45 euros por metro cúbico consumido en la tarifa de alcantarillado del municipio de Fuentidueña de Tajo, con destino a la financiación de las obras de infraestructuras hidráulicas previstas en el Acuerdo suscrito entre Canal de Isabel II, S. A., y Ayuntamiento, el 13 de mayo de 2020, variando dicha cuota, automáticamente, en el mismo porcentaje que anualmente se establezca para las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, se informará del presente Acuerdo a la comisión correspondiente de la Asamblea de Madrid y se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de septiembre de 2020.

La Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/2.434/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210204-16