Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2021

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210323-19

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

19
ACUERDO de 10 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual número 13 del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, referente a la calle del Cementerio.

I. El ámbito de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe es el tramo de la antigua carretera al Cementerio de Nuestra Señora de la Soledad comprendido entre el paso inferior de la M-406 y la conexión con la urbanización de La Carpetania 2.a fase, denominada calle del Cementerio. Tiene una longitud aproximada de 1.350 metros, discurriendo entre las vías del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) de Cercanías (línea C-4) del Sector 3 de Getafe y la Base Aérea Militar, con una sección de ancho libre variable de 10,77 metros en la zona más estrecha a 15,30 metros en la zona más ancha, ocupando una superficie total de 18.853 m2 de suelo. A esto hay que sumar una franja de terreno de titularidad del Ministerio de Defensa, de 6,00 metros de ancho, desde el P. K. 0 + 050 hasta el 1 + 400, lo que representa una superficie de 8.100 m2 de suelo. La superficie total del ámbito de la modificación es de 26.950 m2 de suelo.

La modificación tiene por objeto cambiar el uso y la clasificación del suelo previstos por el Plan General, de manera que se puedan realizar las obras de mejora y ampliación de la calle que recoge el Estudio Previo redactado para tal fin. La modificación se concreta en los siguientes cambios:

a) Cambio en la clasificación y el uso de 8.100 m2 de Suelo No Urbanizable de Protección de Redes Existentes Supramunicipales (SNUPRES-2) (Instalaciones para la Defensa) en Suelo Urbano Consolidado (Red General Viaria) (Servicios Urbanos).

b) Cambio en la clasificación de 18.853 m2 de Suelo No Urbanizable de Protección de Redes Existentes Supramunicipales (SNUPRES-1) (Vías de Comunicación) en Suelo Urbano Consolidado (Red General Viaria) (Servicios Urbanos).

II. Respecto al contenido y justificación de la ordenación, el Ayuntamiento de Getafe señala la necesidad de dar continuidad al viario denominado Eje A, recogido en el proyecto de Urbanización del Parque Empresarial La Carpetania 2.a fase, además de que se cumpla, entre otras, la normativa vigente en materia de accesibilidad y, en tercer lugar, que se mantenga el arbolado consolidado existente tanto en el margen derecho como en el izquierdo. Así, la sección mínima necesaria contendrá una calzada con dos sentidos circulatorios, un carril bici bidireccional, dos aceras accesibles, y una línea de aparcamiento en línea entre la estructura de la M-406 y la estación de Renfe Sector 3.

El contenido normativo de Modificación Puntual número 13 se encuentra recogido en una ficha que se insertará al final de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe (y que consta en las páginas 39.1 a 39.6 del Documento Urbanístico Refundido de la Modificación Puntual número 13) en la que se recogen las condiciones impuestas en los informes sectoriales emitidos por el Ministerio de Defensa con fecha 7 de agosto de 2019 y 20 de septiembre de 2019, de manera que se garantizará la seguridad y operatividad de la Base Aérea de Getafe, y en el Informe Ambiental Estratégico emitido por la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático, en fecha 30 de enero de 2020, de modo que se protegerá el arbolado urbano existente, se garantizará el cumplimiento de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y los Reales Decretos que la desarrollan, y se garantizará asimismo el cumplimiento de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, siendo necesaria una intervención arqueológica previa a la ejecución de las obras (yacimiento “Vereda de Valdelobos”).

Los documentos del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe que afectan la Modificación Puntual número 13 son los siguientes:

a) Se modifican los cuadros de las páginas 221, 225, 226 y 229 de la Memoria del Plan General.

b) Se modifican los Planos de “Clasificación” (escala 1:7.500): C-582.3-2 y C-582.3-3.

c) Se modifican los Planos de detalle del suelo urbano (escala 1:2.000): O-582.3-3.04, O-582.3-3.08 y O-582.3-3.12 de la serie Ordenación del Suelo Urbano.

d) Se ha elaborado un Ficha que se incorporará al final de las Normas Urbanísticas del Plan General.

III. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual, con fecha 11 y 12 de febrero de 2021, la Dirección General de Urbanismo ha emitido informes técnico y jurídico favorables, en los que se recoge que la Modificación Puntual remitida por el Ayuntamiento de Getafe se considera adecuadamente formulada y suficientemente justificada desde el punto de vista técnico, garantizando los principios rectores de la ordenación urbanística y quedando subordinada al interés general, según lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. La Modificación Puntual se corresponde con los artículos 67, 68 y 69 de la misma Ley.

IV. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

V. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 25 de febrero de 2021, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 15 de febrero de 2021, informó favorablemente la Modificación Puntual número 13 del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, referente a la calle del Cementerio.

VI. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

VII. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, sita en la calle Alcalá, número 16, 5.a planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el 25 de febrero de 2021, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 10 de marzo de 2021,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual número 13 del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, referente a la calle del Cementerio.

Segundo

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 10 de marzo de 2021.

La Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/9.054/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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