Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2021

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210323-20

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

20
ACUERDO de 10 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la rectificación del error material del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de Madrid, a fin de reflejar en la documentación gráfica la delimitación y determinaciones aprobadas para el ámbito de la Unidad de Ejecución UE XV-2 “PERI Los Alemanes” en el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid con fecha 17 de septiembre de 2020.

I. La Unidad de Ejecución UE XV-2 “PERI Los Alemanes” fue aprobada definitivamente por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de diciembre de 1997 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 17 de febrero de 1998), cuyo ámbito quedó aplazado en la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de las Rozas de Madrid, aprobado por Consejo de Gobierno de 1 de diciembre de 1994. El acuerdo de 1997 establecía una delimitación de la unidad de ejecución adaptada al Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, disminuyendo su superficie y estableciendo determinaciones para su desarrollo, que daban cumplimiento a cuestiones ambientales y urbanísticas.

Esto supuso dejar fuera del ámbito de la UE XV-2 los terrenos, situados al norte, incluidos en la zona T del Parque, clasificados como Suelo No Urbanizable Especialmente Protegidos (SNUEPCAM), así como excluir también la parcela situada en la calle Ibiza número 40, que está en zona P (Planeamiento Urbanístico) del citado Parque Regional y que mantiene el régimen urbanístico que le asignaba el PGOU de 1988.

Si bien el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 11 de diciembre de 1997 aprobó la Ficha Urbanística de la UE XV-2 “PERI Los Alemanes”, la delimitación de esta Unidad no fue corregida y grafiada, por error, en los planos del Plan General de Ordenación Urbana, ni corregida la ordenación asignada a los suelos correspondientes a la parcela sita en la calle Ibiza, número 40, que se excluía del ámbito.

El objeto del presente acuerdo es rectificar este error de transcripción, a fin de que la delimitación y las determinaciones aprobadas para la Ficha de esta Unidad de Ejecución, se vean reflejadas en la documentación gráfica.

II. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones, en su fase municipal.

III. En relación con el análisis y valoración de la rectificación del error material, con fechas 15 y 17 de diciembre de 2020, respectivamente, la Dirección General de Urbanismo ha emitido informes técnico y jurídico favorables, en los que se procede realizar las siguientes determinaciones:

1. El expediente remitido por el Ayuntamiento tiene por objeto reflejar en la documentación gráfica del Plan General de Ordenación Urbana de las Rozas de Madrid la delimitación y determinaciones de la Ficha urbanística aprobada por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 11 de diciembre de 1997 para el ámbito de la Unidad de Ejecución UE XV-2 “PERI Los Alemanes”.

2. La documentación gráfica corregida se corresponde con los planos de clasificación, calificación, ordenación y delimitación de ámbitos de gestión, en los que aparecen los suelos incluidos en la propuesta de delimitación de la UE XV-2 cuya aprobación fue suspendida en 1994, de acuerdo con la documentación aprobada en el año 1997, y afectan a los siguientes planos:

1.3. Clasificación del Suelo.

2.3. Estructura Orgánica del Territorio.

3.3. Calificación y Regulación del Suelo.

5.3. Ordenación del Suelo Urbano. Alineaciones y Rasantes.

Las correcciones propuestas se refieren exclusivamente la documentación gráfica y no afecta a la Normativa Urbanística del vigente Plan General de 1994 que permanecen sin variación alguna.

3. La regulación establecida a la parcela situada en la calle Ibiza número 40 mantiene el régimen urbanístico que le atribuía el planeamiento anterior con la asignación de la categoría de Suelo Urbano Consolidado, Residencial Unifamiliar Ordenanza Zonal 3.3º, que es la ordenanza equivalente que le otorgaba el PGOU aprobado en 1988, Residencial Unifamiliar Ordenanza Zonal Vivienda Unifamiliar VU-3.

4. A la vista de la documentación aportada por el Ayuntamiento las Rozas de Madrid, se comprueba la existencia de un error en la transcripción de documentos. Las correcciones planteadas se consideran adecuadas y están suficientemente justificadas, toda vez que obedece a un error del expediente de Cumplimiento de Condiciones aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de fecha 11 de diciembre de 1997, que si bien aprobó la Ficha Urbanística de la UE XV-2 “PERI Los Alemanes”, omitió grafiar en los planos del PGOU de las Rozas de Madrid el nuevo ámbito y determinaciones de la Unidad de Ejecución aprobada.

IV. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 25 de febrero de 2021, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 11 de enero de 2021, informó favorablemente la rectificación de error material del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de Madrid, a fin de reflejar en la documentación gráfica la Delimitación y Determinaciones aprobadas para el Ámbito de la Unidad de Ejecución UE XV-2 “PERI Los Alemanes”, en el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid con fecha 17 de septiembre de 2020.

V. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, sita en la calle Alcalá, número 16, quinta planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial, el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 24 de abril de 2009.

VI. La presente corrección del Plan General se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”.

El artículo 53.5 de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid dispone que: “La rectificación de los errores materiales, de hecho, o aritméticos corresponderá al propio órgano administrativo que haya dictado el acto”.

En la fase autonómica, habiendo sido el Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, el que resolvió sobre la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas, corresponde a dicho órgano acordar la rectificación del aludido error material, de conformidad con el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el 25 de febrero de 2021, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión de 10 de marzo de 2021,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la rectificación del error material del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de Madrid, a fin de reflejar en la documentación gráfica la delimitación y las determinaciones aprobadas para el ámbito de la Unidad de Ejecución UE XV-2 “PERI Los Alemanes”, en el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid con fecha 17 de septiembre de 2020.

Segundo

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 10 de marzo de 2021.

La Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/9.058/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210323-20