Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
25-02-2022

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220225-32

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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ACUERDO de 16 de febrero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de distribución de agua de la Urbanización “Majalastablas”, en el municipio de Los Molinos, con destino a la financiación de las obras de adecuación y renovación de las infraestructuras de distribución.

Con fecha de 24 de febrero de 2021, se suscribió la Adenda al “Convenio de gestión comercial y mantenimiento de la red de distribución entre el Ayuntamiento de Los Molinos y Canal de Isabel II”, para la ejecución de una nueva red de distribución de agua en la Urbanización Majalastablas, entre el ente público Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., el Ayuntamiento de Los Molinos y la Entidad Urbanística Majalastablas.

En el capítulo VI, en la estipulación decimonovena, apartado 2.o, de dicha Adenda, se establece que el coste de las obras de ejecución correspondientes se financiará, con cargo a lo recaudado mediante una cuota suplementaria fija de 54,20 euros (IVA excluido), por unidad de suministro y factura, a aplicar bimestralmente en las facturas por consumo de agua que se emitan en relación con las fincas con suministro de agua que existan en cada momento en la Urbanización sin que dicha cuota suplementaria varíe con el transcurso del tiempo. Si variara el período de facturación del consumo, se adecuará la cuota suplementaria indicada en la misma proporción en que varíe dicho período.

La cuantía de la cuota suplementaria que contempla la Adenda celebrada con el Ayuntamiento de Los Molinos y la Urbanización “Majalastablas” ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, tal y como establece el artículo 6 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 16 de febrero de 2022,

ACUERDA

Primero

Aprobar una cuota suplementaria fija de 54,20 euros (IVA excluido) por unidad de suministro y factura, a aplicar bimestralmente en las facturas por consumo de agua que se emitan en relación con las fincas con suministro de agua que existan en cada momento en la Urbanización “Majalastablas”, situada en el término municipal de Los Molinos, sin que dicha cuota suplementaria varíe con el transcurso del tiempo. Si variara el período de facturación del consumo, se adecuará la cuota suplementaria indicada en la misma proporción en que varíe dicho período.

Lo recaudado en este concepto se destinará a la financiación del importe de las obras de ejecución de las infraestructuras de distribución previstas en la Adenda de 24 de febrero de 2021 al “Convenio de gestión comercial y mantenimiento de la red de distribución entre el Ayuntamiento de Los Molinos y Canal de Isabel II, para la ejecución de una nueva red de distribución de agua en la Urbanización “Majalastablas”, entre el Ente Público Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., el Ayuntamiento de Los Molinos y la Entidad Urbanística “Majalastablas”.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, se informará del presente Acuerdo a la comisión correspondiente de la Asamblea de Madrid y se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 16 de febrero de 2022.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/3.411/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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