Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
17-03-2022

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220317-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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ACUERDO de 9 de marzo de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 16 del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, relativa a la calle Molino, número 2.

I. La Modificación Puntual número 16 del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe tiene una triple finalidad:

1. La subsanación del error cometido en la trasposición a los planos de la estimación parcial de una alegación formulada por un ciudadano en relación a la finca de la calle Molino, número 2.

2. El cambio de alineación en el tramo de la calle Hormigo colindante con la finca de la calle Molino, número 2, para mantener un ancho constante de 6,17 metros en toda su longitud.

3. El cumplimiento de la obligación de dar continuidad al soportal de la planta baja de la calle Molino, número 4 (que ahora se interrumpe con una tapia) en la planta baja de la futura edificación de la calle Molino, número 2, con frente a un Espacio Libre Público.

II. La subsanación del error cometido en la transposición de los planos pretende dar cumplimiento al Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Getafe, en su sesión de 29 de julio de 2002, por el que se estima parcialmente la alegación presentada por un ciudadano en relación al plano de regulación 0.582.3-08, en el marco del trámite de información pública de la aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana vigente.

La estimación parcial tiene por objeto que en el chaflán entre las calles Molino y Hormigo se respete la alineación de la edificación actual, eliminándose el espacio residual de aparcamiento que se ha previsto en dicha esquina por la revisión del Plan General. Asimismo, autoriza el avance de la última planta retranqueada hasta alinearse con las demás plantas en la fachada de la calle Molino, sin que en ningún caso se permita una quinta planta con retranqueos.

Por lo que respecta a la modificación relativa a la alineación en el tramo de la calle Hormigo colindante con la finca de la calle Molino, número 2, se pretende mantener un ancho constante de 6,17 metros en toda su longitud. De este modo se consigue, entre otros aspectos, mantener la pavimentación continua y más económica en su ejecución, evitar la acentuación del efecto pasillo, no dificultar el paso de elementos voluminosos y facilitar la traza de las infraestructuras enterradas.

En cuanto a la modificación para cumplir la obligación de que el soportal existente en la planta baja de la calle Molino, número 4 (que ahora se interrumpe con una tapia), tenga continuidad en la planta baja de la futura edificación de la calle Molino, número 2, con frente a un Espacio Libre Público, con ella se pretende mejorar la imagen urbana y mejorar las condiciones del espacio público en relación al clima, con una mayor protección frente a la lluvia y el sol.

III. La Modificación Puntual número 16 afecta a los siguientes documentos del vigente Plan General de Ordenación Urbana:

— Plano de ordenación del suelo urbano O-582.3-2.08 que se sustituirá por un plano modificado.

— Se añade una Ficha Resumen de la Modificación Puntual número 16 que se incluirá en las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana.

— Asimismo, se incluirá el Documento Técnico de la Modificación Puntual, que en su caso sea aprobada definitivamente, en la Memoria del Plan General de Ordenación Urbana.

IV. En cuanto al procedimiento ambiental, la propuesta ha sido valorada favorablemente con fecha 21 de diciembre de 2020 en el Informe Ambiental Estratégico por el Área de Evaluación Ambiental Estratégica de la entonces denominada Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio.

V. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual, con fecha 17 de febrero de 2022, la Dirección General de Urbanismo ha emitido informes favorables técnico y jurídico, respectivamente, en los que se recoge que la Modificación Puntual remitida por el Ayuntamiento de Getafe se considera adecuadamente formulada y suficientemente justificada, garantizando los principios rectores de la ordenación urbanística.

VI. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, citada, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

VII. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 24 de febrero de 2022, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 18 de febrero de 2022, informó favorablemente la Modificación Puntual número 16 del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, relativa a la calle Molino, número 2.

VIII. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la mencionada Ley 9/2001, de 17 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

IX. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, sita en la calle Alcalá, número 16, quinta planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el 24 de febrero de 2022, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 9 de marzo de 2022,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual número 16 del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, relativa a la calle Molino, número 2.

Segundo

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 9 de marzo de 2022.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/5.006/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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