Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2011

Sección 1.1.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110304-1

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

1
CORRECCIÓN de errores del Decreto 8/2011, de 17 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad de Madrid.

Apreciado error tipográfico en el Anexo (página 26) del citado Decreto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 46, correspondiente al día 24 de febrero, páginas 15 a 26 (número de inserción 03/6.342/11), se procede a publicar de nuevo el mencionado Anexo.

ANEXO

DOCUMENTACIÓN

La solicitud de autorización administrativa deberá acompañarse de la siguiente documentación:

a) Escritura de constitución o modificación, en su caso, del solicitante, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y copia del código de identificación fiscal (CIF) Cuando la inscripción no fuere exigible conforme a la legislación mercantil, bastará con la acreditación de la capacidad de obrar mediante escritura, documento de constitución, modificación o estatutos en el que constaren las normas, por las que se rige, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Si el empresario es persona física no será necesario aportar copia del DNI.

b) Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en un Registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.

c) Estatutos por los que se rija la entidad.

d) Declaración responsable del solicitante, de que los socios, directivos de la empresa y el personal que preste servicios en la misma no se hallan incursos en ninguna de las causas de incompatibilidad a las que se refiere el presente Decreto.

e) Proyecto técnico de la instalación realizada que cumpla con los requisitos técnicos y administrativos establecidos en el Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, en el presente Decreto, así como en el resto de la legislación vigente y certificado final de obra, firmados ambos por técnico competente

f) Estudio de explotación, que deberá incluir:

1. Organigrama y organización administrativa, indicando las diferentes responsabilidades y funciones que desarrollará dicho personal.

2. Relación de personal adscrito a la estación ITV, indicando titulación profesional, vinculación con la empresa y experiencia.

3. Plan de formación permanente de personal.

4. Copia completa del Sistema de Gestión de Calidad con el que contará la estación ITV. Deberá incluir, al menos, el Manual de Calidad y los Procedimientos Operativos con sus Instrucciones Técnicas.

5. Descripción del diseño y funcionamiento del sistema informático del que estará dotado la estación ITV que garantice un nivel adecuado de informatización y comunicación telemática de la estación ITV.

g) Acreditación de que el solicitante ha legalizado todas las instalaciones sometidas a normativa de seguridad industrial existentes en la estación ITV.

h) Certificado de acreditación de la nueva estación ITV de la que se pretende obtener la autorización, de acuerdo a lo previsto en el artículo 18.2. En el caso de las inspecciones incluidas en el apartado h) del artículo 6 del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, se estará a lo establecido en la normativa metrológica vigente.

i) Acreditación de que el solicitante tiene suscrita una póliza de seguros establecida en el Real Decreto 24/2008, de 15 de febrero.

j) Justificante que acredite que el solicitante ha abonado la tasa correspondiente.

(03/7.618/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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