Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
02-08-2016

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160802-15

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

15
DECRETO 79/2016, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara bien de interés patrimonial la estación de gasolina de la avenida de Aragón, número 388, en Madrid.

Mediante Resolución de 9 de febrero de 2016, de la Directora General de Patrimonio Cultural, se incoa expediente para la declaración como Bien de Interés Patrimonial de la estación de gasolina de la avenida de Aragón, número 388, en Madrid.

En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.

Igualmente se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (29 de febrero de 2016), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cuantas personas tengan interés puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, donde queda inscrito preventivamente con el código RBIP-2016-000004.

El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en la sesión celebrada el 1 de marzo de 2016, muestra su conformidad por unanimidad de sus miembros con la Resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 9 de febrero de 2016 por la que se incoa expediente de Declaración como Bien de Interés Patrimonial de la estación de gasolina de la avenida de Aragón, número 388, en Madrid.

En el expediente se han cumplido todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en los artículos 2.3, 10 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

Durante el período de información pública y el trámite de audiencia, se recibe informe de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. Se reciben alegaciones del Ayuntamiento de Madrid que son estudiadas, informadas y desestimadas, por lo que se reitera con pequeñas precisiones descriptivas y documentales la propuesta técnica inicial.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día de la fecha,

DISPONE

Primero

Declarar Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid la estación de gasolina de la avenida de Aragón, número 388, en Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo del presente Decreto.

Segundo

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, de la que se librará oportuna certificación al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Tercero

La entrada en vigor se producirá el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de julio de 2016.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS

ANEXO

A) DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS PATRIMONIAL

1. Identificación y localización del bien objeto de declaración

La estación de gasolina denominada comercialmente Estación de Servicio Barajas II, propiedad de la empresa “Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, Sociedad Anónima”, está situada en el número 388 de la avenida de Aragón en Madrid, a la altura del punto kilométrico 12,600 de la carretera N-II, de la que hace funciones de vía de servicio.

El inmueble objeto de protección tiene una superficie construida total aproximada de 600 m2 y una ocupación en planta de 420 m2.

Está ubicado en un solar de esquina en el que existen además otras dos construcciones secundarias y diversas instalaciones auxiliares vinculadas con la actividad. El entorno, muy degradado, está constituido por talleres, almacenes e industrias.

2. Breve introducción histórica

Casto Fernández-Shaw Iturralde (1896-1978) es una de las figuras más singulares y heterodoxas del racionalismo español. Su obra arquitectónica, parte de la cual se quedó a nivel de proyecto sin llegar a materializarse, hunde sus raíces en el futurismo italiano y discurre por los cauces del expresionismo. Desde sus primeros años de ejercicio profesional mostró especial interés por las tipologías edificatorias derivadas de las nuevas formas de vida y de los avances tecnológicos. Su actividad como proyectista no se limitó a la arquitectura, sino a la construcción en general, destacando en el campo de la ingeniería los embalses de El Carpio (Córdoba), Alcalá del Río (Sevilla), y los de el Encinarejo y el Jándula en Andújar (Jaén).

Durante los años 20 del siglo XX se produjo la incorporación efectiva del automóvil a la vida cotidiana y la progresiva supresión de los transportes con tracción animal. Ello determinó la necesidad de crear edificios específicos para el repostaje de vehículos a motor superando las adaptaciones de edificaciones preexistentes. Casto Fernández-Shaw realizó tres proyectos de estaciones de gasolina, uno de ellos para un entorno urbano y otros dos con variantes para carretera.

El proyecto de estación de gasolina en la calle Alberto Aguilera, número 18, de Madrid (1927) para Petróleos Porto Pi, construido en ese mismo año, está considerado una de las obras maestras del racionalismo español.

Por el contrario, el proyecto para una estación de gasolina de carretera realizado en fecha indeterminada, probablemente entre 1928 y 1930, no se construyó en ese momento por razones que, aunque no han sido aclaradas, probablemente estén relacionadas con la promulgación del Real Decreto-Ley de 28 de junio de 1927 estableciendo el Monopolio de Petróleos y el Real Decreto de 17 de octubre de 1927 por el que se otorga el monopolio a la “Compañía Arrendataria del Monopolio de Petróleos, Sociedad Anónima” (CAMPSA), lo que supuso la desaparición de las pequeñas petroleras privadas. Hay que suponer, por el tipo de grafismo y la estética racionalista- expresionista del plano conservado, que el proyecto estaba redactado en esa fecha y quedó sin promotor.

Si en el proyecto de gasolinera urbana de 1927 ya había establecido los tres elementos esenciales que iban a definir la tipología, que son, la marquesina, la caseta de oficinas y el tótem publicitario, en este segundo proyecto exploró las consecuencias de un cambio de escala para atender un mayor volumen de vehículos, ampliando el programa funcional. La caseta se convirtió en un auténtico edificio con tienda, oficinas y almacenes desarrollado en altura. El arquitecto organizó el conjunto bajo la más estricta simetría, con los distintos elementos maclados entre sí. El cuerpo principal, de planta semicircular escalonado en dos alturas, se prolongaba en una torre prismática de cinco plantas con trasera semicilíndrica para alojar la escalera. Una afilada proa remataba en frente de la torre, incorporando una escultura a modo de cañón o proyectil.

El proyecto jugaba con el contraste entre las líneas horizontales de las marquesinas y los huecos de ventanas de las plantas inferiores y la fuerte verticalidad de los huecos de iluminación y la decoración de la torre. El lenguaje era claramente expresionista, propio del momento, pero difícilmente trasladable a otra época o situación.

En el año 1957, la empresa “Estación de Servicio Barajas, Sociedad Anónima”, encargó a Casto Fernández-Shaw un proyecto de dos gasolineras enfrentadas para ser construido en el kilómetro 12,600 de la carretera de Aragón, actual vía de servicio de la autovía A-2. Por la rotulación y grafismo de los planos de proyecto, se aprecia que el proyecto de 1928-30 fue utilizado literalmente en la tramitación administrativa para la gasolinera situada en dirección salida de Madrid, realizándose otra versión simplificada para la gasolinera situada en dirección entrada. Durante la ejecución de la obra se introdujeron cambios notables en el proyecto inicial, de los que no ha encontrado testimonio documental. El plano de situación está fechado en junio de 1957 y otros planos del proyecto conjunto en julio de 1958. Las obras finalizaron en 1960.

En líneas generales se produjo una simplificación de lenguaje y supresión de ciertos elementos retóricos o redundantes. Las marquesinas secundarias que rodeaban el cuerpo de edificación desaparecieron, así como la proa y la escultura simbólica de la torre. Aumentó el tamaño de la marquesina principal, añadiendo una nueva línea de carga de apoyos, lo que permitió duplicar la capacidad de servicio. Las columnas se redujeron de tres a dos en cada línea de carga, creando vigas de canto sobre la marquesina. En cuanto a los materiales de acabado, se adaptó la estética general del proyecto a la moda del momento, utilizando ladrillo visto en lugar de revoco en algunos paramentos y creando un zócalo de piedra caliza de aparejo concertado. Los huecos verticales de iluminación se realizaron con pavés.

Tras los cambios descritos, el edificio resultó más robusto, sencillo y funcional, adaptado a la estética y necesidades del momento.

La gasolinera ubicada en dirección entrada era una versión simplificada de este proyecto, sin torre y con caseta central de una sola planta. Se mantuvo en servicio sin alteraciones hasta el desdoblamiento de la carretera N-II, momento en el cual hubo que demoler la marquesina, que hubiera invadido la calzada. Todavía se conserva la caseta semicircular dedicada a oficinas, tienda y aseos provista de una marquesina moderna en su cara norte.

3. Descripción del bien inmueble

El edificio de la estación de gasolina de la avenida de Aragón número 388 tiene dos partes claramente diferenciadas:

Por un lado, una gran marquesina de hormigón armado de planta trapecial con lados y esquinas curvos, de 340 m2 de superficie y una altura aproximada de 6,50 m. La losa de hormigón es plana en su cara inferior y provista de vigas de canto en su cara superior. Está sustentada en tres líneas de carga, dos de ellas constituidas por una pareja de columnas cilíndricas de hormigón y la tercera por un pórtico de hormigón integrado a su vez en el resto del edificio.

Por otro lado, el cuerpo cerrado de edificación destinado a tienda, oficinas, aseos y almacenes, que a su vez es una macla de dos volúmenes: un semicilindro de dos plantas de altura con un vacío interior semicircular que permite la conexión visual y vigilancia de la parte de acceso público y una torre prismática de cinco plantas y un ático descubierto, con una caja de escaleras semicilíndrica que la recorre en la zona posterior, sin uso claramente definido y que en la actualidad se destina a almacenes.

Hay que destacar dentro de ese cuerpo cerrado de edificación, como elemento singular, la citada caja de escaleras semicilíndrica, con barandillas de barrotes de hierro combinadas con líneas verticales continuas de protección a modo de telar. El solado de las escaleras se realiza con mármol negro Marquina en los dos pisos inferiores y piedra caliza en los superiores, diferenciando la zona noble y las plantas de servicio. En la planta primera, como fondo de perspectiva del espacio en doble altura se sitúa una pintura mural firmada por “Barranco” que representa, por oposición de dos parejas vestidas de forma diferente, el contraste entre lo antiguo y lo moderno.

El frente de la torre está recorrido por cuatro calles verticales acristaladas con pavés, mientras que los dos laterales están cruzados por bandas resaltadas y rematados por óculos en su extremo superior, creando sensación de dinamismo. La torre se constituye así en un auténtico hito en el paisaje, como aviso o llamada de atención de los automovilistas.

No son objeto de la presente declaración las construcciones auxiliares y otras instalaciones existentes en la misma parcela, ni los restos de la estación de gasolina de Casto Fernández-Shaw conservada en el lado opuesto de la autovía A-2.

Por sus valores arquitectónicos y por constituir un valioso testimonio en el desarrollo de una tipología arquitectónica propia para este tipo de edificaciones, en un momento tan temprano como es el período 1928-1930, aunque haya sido construida tres décadas más tarde, la Estación de gasolina de la avda. de Aragón, número 388, en Madrid se considera integrante del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid y merece ser protegida mediante su declaración como Bien de Interés Patrimonial.

4. Estado de conservación del inmueble y criterios de intervención

El inmueble está protegido en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid vigente con el número de catálogo 29.753 y Nivel 1 “Integral”. Esta protección urbanística es adecuada y congruente con la que proporciona su declaración como Bien de Interés Patrimonial.

El inmueble se encuentra en estado de conservación correcto, si bien algo irregular. Las ventanas y bandas acristaladas de la torre, realizadas con pavés, presentan oxidación y múltiples fracturas en el vidrio, sobre todo en la zona superior.

Aunque se reconoce la necesidad de incorporar elementos identificativos de la marca comercial y la actividad a un inmueble de esta naturaleza, hay en la actualidad un exceso de elementos publicitarios que impiden una correcta contemplación del edificio.

Los criterios de intervención admitidos serán los de restauración o recuperación de las características alteradas, tanto en la envolvente exterior como en la caja de escaleras y en el espacio central en doble altura del cuerpo cerrado.

La torre presenta actualmente un acabado monocromo de color beige que no es adecuado para resaltar sus características formales. Se establece como objetivo para futuras intervenciones la recuperación de la policromía original de los recercados y bandas resaltadas.

Se establece igualmente como objetivo la mejora estética del sistema de luminarias de la cara inferior de la marquesina y la ordenación de elementos extraños o publicitarios situados bajo la marquesina o en la envolvente del edificio.

Por el contrario, se considera adecuado el tratamiento en color gris oscuro de las vigas de refuerzo superior de la marquesina, en lugar del color blanco inicial, pues actúa como fondo neutro para los rótulos identificativos de la actividad y resalta la geometría de la losa de hormigón armado.

5. Delimitación gráfica del bien inmueble

Se incluye delimitación en plano adjunto. La definición gráfica del bien figura en la documentación técnica que acompaña el expediente.

B) DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN

1. Descripción literal

El entorno afectado por la declaración está constituido por la propia parcela donde se ubica la estación de gasolina. Se trata de la parcela catastral 04 de la manzana 21798, con una superficie total de 3.630 m2. Limita al norte con la avenida de Aragón, vía de servicio de la autovía A-2. Al este con la calle Gumersindo Llorente. Al sur con las parcelas catastrales 05 y 18 de la manzana 21798. Al oeste, con la calle Fuentelaencina y las parcelas 14 y 20 de la manzana 21798.

2. Delimitación gráfica del entorno

Se incluye delimitación en plano adjunto.

C) PLANO DE DELIMITACIÓN DEL BIEN Y DEL ENTORNO AFECTADO

Se adjunta plano.



(03/27.938/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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