Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
05-08-2016

Sección 1.1.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160805-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

1
DECRETO 80/2016, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crean cuatro colegios de Educación Infantil y Primaria en los municipios de Arroyomolinos, Getafe, Paracuellos de Jarama y Rivas-Vaciamadrid, y se integra una Escuela Infantil de segundo ciclo en un colegio de Educación Infantil y Primaria en el municipio de Madrid para el curso escolar 2016-2017.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, modificada por la Ley Orgánica 19/1994, de 24 de marzo, y por la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, establece en su artículo 29 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.

La demanda de puestos escolares que se viene produciendo en determinados municipios o barrios como consecuencia del aumento de población escolar, hace necesario que la Administración Educativa lleve a cabo la construcción y puesta en funcionamiento de nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria que permitan incrementar la oferta educativa en aquellos lugares donde se produzca la citada demanda. Junto a la creación de nuevos colegios se procede también a la integración de centros situados en zonas donde la planificación educativa así lo aconseja.

Por lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, así como en el artículo 2 del Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y los Colegios de Educación Primaria, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

En el proceso de elaboración de este Decreto, ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, modificada por el artículo 29 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre.

En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, previa deliberación en su reunión del día 26 de julio de 2016,

DISPONE

Primero

Creación y reorganización de centros

1. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria número 5, código 28077336, situado en el municipio de Arroyomolinos.

2. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria número 28, código 28077211, situado en la calle Camerún, sin número, barrio El Bercial, del municipio de Getafe.

3. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria número 3, código 28077208, situado en la avenida de Valdediego con vuelta a calle Quevedo con vuelta a calle Camilo José Cela, con vuelta a avenida de Juan Pablo II, del municipio de Paracuellos de Jarama.

4. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria número 15, código 28077348, situado en el municipio de Rivas-Vaciamadrid.

5. Se aprueba la integración de la escuela de Educación Infantil de segundo ciclo “Manuel Siurot”, código 28005121, de Madrid, en el colegio de Educación Infantil y Primaria “Eduardo Rojo”, código 28005933, situado en la calle Eduardo Rojo, número 2, del mismo municipio.

Segundo

Incorporación al Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid

Los nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria mencionados en los apartados 1, 2, 3 y 4 del apartado primero del presente Decreto, pasarán a formar parte del Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Cese de actividades y finalización del mandato de los órganos de gobierno

La escuela de Educación Infantil de segundo ciclo “Manuel Siurot” cesará en sus actividades al término del presente curso escolar 2015-2016, finalizando en ese momento los mandatos de los actuales órganos de gobierno, tanto colegiados como unipersonales del centro.

Cuarto

Nombramiento de directores provisionales

El titular de la Dirección General de Recursos Humanos, en virtud de este Decreto y a propuesta de los titulares de las Direcciones de Área Territorial correspondientes, podrá efectuar los nombramientos de directores provisionales de acuerdo con lo establecido en el título V, capítulo IV, artículo 137 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Decreto 63/2004, de 15 de abril, que aprueba el procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los que se imparten enseñanzas escolares.

Artículo 5

Constitución de los consejos escolares

La constitución de los consejos escolares de los colegios creados por el presente Decreto se realizará una vez se haya desarrollado el procedimiento de elección de los representantes de los distintos sectores de sus respectivas comunidades educativas, de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 6

Facultad de aplicación

Se autoriza al Consejero de Educación, Juventud y Deporte a adoptar las medidas necesarias para la aplicación del presente Decreto.

Artículo 7

Producción de efectos

El presente Decreto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de julio de 2016.

El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS

(03/28.801/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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