Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
21-12-2017

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171221-35

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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DECRETO 151/2017, de 19 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se desafecta una franja de terreno de 0,3864 hectáreas, situada en el Monte de Utilidad Pública denominado “Dehesa Boyal”, propiedad del Ayuntamiento de La Acebeda, se afecta al mismo la superficie de terreno de 219,4248 hectáreas, propiedad del citado Ayuntamiento, y se modifica el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid.

I. El Monte de Utilidad Pública “Dehesa Boyal” es propiedad del Ayuntamiento de La Acebeda, y está incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid con el número 57 (en adelante, MUP número 57).

El Ayuntamiento de La Acebeda, con fecha 30 de agosto de 2006, aprobó la exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de una superficie de 3.864 metros cuadrados (0,3864 hectáreas) del monte “Dehesa Boyal”.

Para compensar la disminución de 3.864 metros cuadrados (0,3864 hectáreas) del MUP número 57, el Ayuntamiento ofrece, para integrarla en dicho monte, una superficie forestal de su propiedad de 2.194.248 metros cuadrados (219,4248 hectáreas), para su declaración como Monte de Utilidad Pública y su inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, añadiéndola al Monte número 57.

Esta operación comporta la desafectación y exclusión del Catálogo de una superficie de 3.864 metros cuadrados (0,3864 hectáreas), perteneciente al MUP número 57 y su segregación del mismo y, a la vez, la declaración de utilidad pública y catalogación de otras dos superficies de terreno forestal, la primera formada por las parcelas 1 y 49 del polígono 3, de 33.575 metros cuadrados (3,3575 hectáreas), y la segunda se corresponde con el monte M-3170 “La Solana y Otros”, de 2.160.673 metros cuadrados (216,0673 hectáreas), pertenecientes ambas al Catastro de Rústica de La Acebeda y próximas al MUP número 57, para agregarlas a este monte.

II. El Ayuntamiento de La Acebeda interpuso requerimiento previo a la vía contencioso-administrativa contra la falta de elevación por parte de la entonces Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del expediente de permuta número PER-001.05, al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a efectos de su aprobación. Este requerimiento fue desestimado mediante Orden 316/2015, de 9 de marzo.

El Tribunal Superior de Justicia, en el Procedimiento Ordinario número 164/2015, dictó Sentencia con fecha 12 de enero de 2017, estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de la Acebeda contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 9 de marzo de 2015, anulando la misma y disponiendo la elevación de las actuaciones al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para que decida motivadamente sobre el expediente de permuta de régimen de los montes citados.

III. La Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, a través de la Dirección General del Medio Ambiente, tiene atribuido el ejercicio de las competencias autonómicas en materia de montes, según lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 194/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la misma.

De acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, en relación con los artículos 11 y 21.1.c) de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza, corresponde al Consejo de Gobierno la declaración o desafectación de los Montes de Utilidad Pública, a propuesta del órgano forestal.

La Dirección General del Medio Natural, con fecha 20 de septiembre de 2007, ratificado el 30 de noviembre de 2017, por la Dirección General del Medio Ambiente, emite informe favorable a la permuta del régimen jurídico de los terrenos, que comprende la desafectación del carácter de utilidad pública de 3.864 metros cuadrados (0,3864 hectáreas) de los terrenos del monte “Dehesa Boyal”, MUP número 57, de la propiedad y término del Ayuntamiento de La Acebeda, y la declaración de utilidad pública de la superficie de 219,4248 hectáreas (2.194.248 metros cuadrados), propiedad de dicho Ayuntamiento, que se incluye en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid formando parte del citado monte número 57 (expediente PER-001.05).

Como consecuencia de ello resulta un balance positivo, ya que la superficie a incorporar al monte supera en extensión de terreno a la que se desafecta en 219,0384 hectáreas, aumentando así también el valor del mismo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión de 19 de diciembre de 2017,

DISPONE

Primero

Desafectar de su carácter de utilidad pública una franja de terreno de 3.864 metros cuadrados (0,3864 hectáreas), situada en el monte denominado “Dehesa Boyal”, incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid con el número 57, propiedad del Ayuntamiento de La Acebeda y situado en el mismo término municipal.

Segundo

Excluir del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid la citada parcela, descrita en el apartado A del Anexo.

Tercero

Declarar de utilidad pública la superficie de terreno de 2.194.248 metros cuadrados (219,4248 hectáreas), propiedad del Ayuntamiento de La Acebeda, y situada en el mismo término municipal.

Cuarto

Incluir en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, las parcelas descritas en los apartados B y C del Anexo, que pasan a formar parte del monte “Dehesa Boyal”, incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid con el número 57.

Quinto

La Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, a través de la Dirección General del Medio Ambiente, realizará las operaciones y trámites necesarios para dar efectividad sobre el terreno a lo dispuesto en este Decreto y rectificar en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, la descripción del monte número 57, “Dehesa Boyal”, según las nuevas características que le correspondan.

Sexto

Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con su Anexo.

Contra el presente Decreto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 19 de diciembre de 2017.

El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS







(03/42.540/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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